Así, el 24 de septiembre de este año, IPFB registró escrito el departamento que dirige Rafael Bosch pidiendo la retirada inmediata de los libros de texto de Epc «al haber comprobado que no cumplían la normativa vigente y de obligado cumplimiento por parte del Govern», según ha explicado este organismo en un comunicado .
«Además del incumplimiento, y ante la pasividad de la conselleria del Govern, se podía inculcar el derecho de los padres mediante los libros de texto no actualizados a la norma vigente, y en consecuencia una educación doctrinaria y sectaria cuya expresa prohibición motivó la promulgación del aludido Real Decreto», ha añadido al respecto.
De este modo, el 23 de noviembre de 2012, IPFB recibe contestación de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional donde se da la razón a la demanda indicando que los libros no están actualizados «pero excusándose para el incumplimiento de la normativa vigente».
«Además se excusa en el no adoctrinamiento basándose en la programación didáctica aunque los alumnos tengan delante de sus ojos los libros de texto contrarios a la normativa vigente y de obligado cumplimiento. Es como si los alumnos tuvieran como libro las leyes fundamentales del franquismo pero la programación didáctica no los reflejase», ha argumentado al respecto.
Ante esta respuesta, IPFB ha elevado queja al Defensor del Pueblo para que haga cumplir la normativa vigente a la conselleria de Educación retirando los libros de texto de Epc y «protegiendo el derecho a que sean cumplidas las leyes».
2 comentarios
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Estic aslabat que aquestes queixes es fascin a Madrid, perquè, a Balears, hem tinut el sentit comú de no duplicar aquest servei. Al costat nostre, el Sindic de Greugs català no ha donat bon exemple: si judicam per les seves despeses de viatges, aquest senyor s'ocupava de tothom, manco dels catalans. El "Defensor del Pueblo" nacional, d'altra banda, dona feina a un nombre considerable d'ex-diputats, un poc a la manera d'un "Jurassic Park", tot com el Consell d'Estat, etc. Almenys, tenim la consolació que no els paguem nomès els ciutadans de Blaears.
Se me está ocurriendo elevar una queja al defensor del pueblo sobre discriminación a las modalidades e incumplimiento del artículo 35 de nuestro estatuto. ¿Alguien puede orientarme?, porque supongo que a ninguna entidad (pagada o no con nuestros impuestos) se le va a ocurrir hacerlo