Urdangarin y Torres, en una imagen de archivo. | Joan Torres

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El Juez de Instrucción número 3 de Palma ha dictado hoy un auto en el que rechaza los recursos de reforma presentados por Diego Torres e Iñaki Urdangarín contra la resolución en la que les imponía, con carácter solidario, una fianza por importe de
8.189.448,44 euros para responder de las responsabilidades pecuniarias derivadas de la pieza 25 (Nóos) del caso Palma Arena.

Ambos disponen de un plazo de cinco días para interponer recurso ante la Audiencia Provincial de Palma.

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En su recurso, el marido de la Infanta Cristina denunciaba haber visto vulnerado su derecho de defensa tras decretarse la fianza, pronunciándose de este modo «a los efectos de que el derecho supuestamente quebrantado pueda continuar siendo invocado, en el momento procesal oportuno», ante la Audiencia Provincial de Baleares y, en su caso, ante el Tribunal Constitucional.

Es más, la defensa del encausado consideraba que su patrocinado se vería abocado a un «injusto empobrecimiento» e insistía «en la convicción y postura procesal de que a mi mandante no se le debe aplicar fianza alguna de responsabilidad civil provisional derivada de la imputación de determinados delitos».

Por su parte, el abogado de Torres aseveraba que su cliente «ni por asomo podía siquiera imaginar que algo irregular pudiera existir». Según el recurso, «es cierto que el Instituto Nóos era un ente sin ánimo de lucro, otra cosa es que los profesionales que prestaron servicios para el mismo, bien de forma directa, bien de forma subcontratada a través de otras sociedades (...) no percibieran por su trabajo las contraprestaciones económicas correspondientes».