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El Consejo General del Notariado ha trasladado a los casi 3.000 notarios que suspendan cualquier ejecución hipotecaria extrajudicial, promovida por un banco, si el deudor acredita la admisión a trámite por un juzgado de una demanda en la que impugna alguna cláusula de su hipoteca al considerarla abusiva o una solicitud de medidas cautelares de suspensión de la ejecución por esta misma causa.

Según señala el Consejo en un comunicado, esta decisión se ha adoptado tras hacerse pública la sentenica del Tribunal de Justicia de la UE, que ha determinado que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

Así, el Consejo ha trasladado también a los notarios que si estuvieran tramitando un procedimiento de estas características, informen al acreedor hipotecario y al deudor de la existencia y alcance de esta sentencia.

Especialmente, llama a informar al ejecutado del derecho que tiene a acudir a los tribunales presentando demanda o solicitando medida cautelar de suspensión del procedimiento.

Actualemente, los bancos tienen la opción de ejecutar la hipoteca por la vía extrajudicial ante un notario, por ello «el Notariado ha tomado esta decisión para evitar cualquier perjuicio a las personas deudoras y para que el colectivo notarial disponga de un criterio común que poder seguir en espera de las decisiones de carácter legislativo que se adopten para adecuar los sistemas de ejecución hipotecaria judicial y extrajudicial», señala el organismo.