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La Conselleria d'Agricultura, Medi Ambient i Territori cifra en unas 40.000 las viviendas levantadas en suelo rústico de forma ilegal en Mallorca. Una serie de construcciones que, aunque no todas, sí la gran mayoría podrán acogerse a la 'amnistía' dispuesta en la recién redactada Ley del Suelo y, en un plazo de tres años, regularizar su situación.

No obstante, desde el departamento que dirige Gabriel Company recuerdan que «esta disposición puede ser objeto de cambios en la tramitación parlamentaria y que, de momento, no es una norma que esté en vigor». Sin embargo, la mayoría absoluta que tiene el PP en el Parlament hace suponer que no existirá impedimento alguno para que el documento legislativo sea ratificado dentro del primer trimestre de 2014.

Una vez la normativa sea 'activada' por el Consell de Mallorca -administración competente en disciplina urbanística-, podrán acogerse a ésta las edificaciones ilegales sobre las que haya prescrito la infracción. Desde el Govern recuerdan que, «desde 1990, el plazo de prescripción es de ocho años, que se interrumpe, naturalmente, si la construcción es objeto de apertura de expediente sancionador, y siempre que se trate de suelo rústico común. No ocurre lo mismo en suelo rústico protegido, donde las infracciones no prescriben», añaden desde el Ejecutivo. Por otro lado, no todas las edificaciones podrán adherirse al proceso de regularización. Las mismas fuentes consultadas recuerdan que la Ley del Suelo establece que «solo podrán acogerse viviendas o edificios vinculados a actividades agrarias. No podrán legalizarse almacenes de productos no agrarios, fábricas, etc», advierten.

En cuanto al procedimiento a seguir, en primer lugar, hay que presentar una solicitud al ayuntamiento correspondiente, acompañada de un proyecto, pagar tasas, impuestos y el recargo del 15, 20 o 25 por ciento según regularice el primer, segundo o tercer año de 'amnistía'.

Paradoja

La norma establece también que, aunque el edificio a legalizar no cumpla los requisitos urbanísticos, sí debe cumplir el resto de requisitos legales como el de habitabilidad, si se trata de una vivienda, así como exigencias de tipo medioambiental. Desde la conselleria apuntan que este aspecto «es muy importante y es una de las razones de ser de la propia disposición». Son muchos los casos de casas ilegales construidas en los años 80 y 90 con fosas sépticas no homologadas, con condiciones de habitabilidad precarias y que sus propietarios -que igual ya no son lo que construyeron el inmueble, herederos o compradores-, legalmente, no pueden adecuar la casa o instalar una fosa séptica homologada, pues el consistorio le exige que la vivienda originaria sea legal. «Se da la paradoja es que esta gente, hasta ahora, o bien se ha mantenido en una situación que perjudica al interés general o se ha visto obligada a hacer esas obras de forma ilegal», concluye el Govern.