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La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a la Conselleria de Salud, Familia y Bienestar a pagar un total de 6.324,75 euros a la familia de Ana Pérez Viudes, una mujer ciega con alzheimer, que murió en enero de 2012, sin recibir ayudas, después de que en diciembre de 2010 se le reconociese su situación de gran dependencia con carácter permanente y se le indicasen las prestaciones y servicios que le podían corresponder.

En la sentencia se destaca que después de que la Conselleria de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración determinase su dependencia, en mayo de 2011 se elaboró un programa de atención individualizada (PIA) con una propuesta de abono de 396,13 mensuales en favor de la hija de Pérez Viudes, un plan que «nunca fue aprobado».

Así, en marzo de 2013 se declaró finalizado el expediente después de que Pérez Viudes falleciese el 25 de enero de 2012. Esto implica, según se desprende de la sentencia, que la mujer falleció sin que el PIA se aprobase por el director general del departamento del Govern correspondiente, «cuando el plazo establecido para su aprobación y notificación es de tres meses desde la resolución de reconocimiento de la dependencia», plazo que en este caso vencía el 7 de marzo de 2011.

Debido a esto, en la condena se explica que «acreditado un incumplimiento del plazo de tres meses», que «provocó que la interesada no pudiera disfrutar de la ayuda concreta que habría tenido derecho con un grado de certeza elevadísimo», «la acción de pago debe prosperar, existiendo un derecho y no una mera expectativa en el cobro».

De esta manera, se condena a la administración demanda para que abone las cantidades correspondientes a la prestación por cuidados en el entorno familiar, consistente en 396,13 euros mensuales desde el 17 de septiembre de 2010, fecha en la que se realizó la solicitud, hasta el 25 de enero de 2012, cuando la persona dependiente falleció.