La sección número 4 de la Audiencia de Palma ha estimado el recurso presentado por el padre a una sentencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Manacor que rechazó el año pasado que dejara de pagar la pensión de alimentos y confirmó el convenio regulador que suscribieron los padres cuando se divorciaron en 1999 y su hija tenía 6 años.
En el recurso, el padre alegó que su hija actualmente ni estudia ni trabaja, no obtuvo el título de ESO por ser mala estudiante, desde que dejó el instituto «no ha hecho absolutamente nada» y no ha querido formarse ni trabajar.
En la sentencia, la Audiencia considera acreditado que la joven ha trabajado seis días en los últimos cinco años, desde que dejó los estudios en 2009, después de suspender casi todo el último curso en el que estuvo matriculada en el instituto porque no le gustaba estudiar, según explicó ella misma durante el juicio.
Si bien está inscrita en el SOIB, durante 2013 no participó en ninguna actividad formativa de dicha entidad y aunque declaró en el juicio que llevaba a cabo una búsqueda activa de empleo, no lo acreditó.
El tribunal también considera probado que la joven convive con su pareja y el hijo de ambos en casa de su madre.
En virtud de las circunstancias, la Audiencia acuerda que debe cesar la obligación del padre de satisfacer alimentos a su hija, en aplicación de los artículos 152.3 y 152.5 del Código Civil (según los cuales cesará la obligación de dar alimentos cuando el beneficiario pueda ejercer un oficio y su necesidad provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo).
9 comentarios
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Em sembla que la seva parella, i pare de l'infant, ha d'assumir també les seves responsabiltats, importants.
Como esta elementa hay tropecientos mil es España, mientras tenga un plato en la mesa y una cama ¿para que molestar en trabajar?esta es la sociedad en la hemos llegado, sin valores, sin presente ni futuro, pobre País y pobre sociedad.
Sentencia muy sensata y justa.
¿Alguien puede explicar por qué los padres que no se han divorciado ni separado no tienen obligación de dar estudios superiores a los hijos sino sólo los obligatorios y en cambio los padres separados son obligados a pagar carreras a los hijos sin límite de edad? Es absurdo.
El día que los hombres se enteren de la realidad de nuestras leyes nadie se va a querer casar. Hay hombres manteniendo a sus ex que no dan golpe y que en realidad ya tienen nueva pareja y a hijos que tienen treinta años y sus padres siguen condenados por la "justicia" a mantenerlos con la excusa de que estudian. y esto aunque los padres no tengan ni qué comer ni dónde vivir.
Vaya pieza que esta hecha, con este chollo para que trabajar o estudiar.
No, no se acaba con 18 años, los hay que cobran con 28. No hacen nada, engañan, viven con sus parejas y los padres pagando. Doy fe
Menuda parásita . . La pensión se paga hasta que el hij@ tiene trabajo o se emancipa (no estoy al 100% pero creo que es así).
es una perroflauta, una ni-ni, ok. Pero la pensión no hay que pagarla igual hasta los 18 años?