La celebración del Dijous Bo estuvo marcada por el gran apagón que afectó a Mallorca y Menorca. | Alejandro Sepúlveda

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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por Endesa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) de 6 de julio de 2012, que confirmó una sanción de 6 millones de euros impuesta por el Govern a la eléctrica por el apagón del 13 de noviembre de 2008, según informan fuentes jurídicas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la multinacional cometió una “falta muy grave al incumplir su obligación de mantener en condiciones las instalaciones, poniendo en riesgo la garantía de suministro o en peligro manifiesto a las personas, bienes o medio ambiente”, según recoge el artículo 60.a de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico.

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Además, la sentencia señala que Endesa no cumplió con su obligación de informar “con exactitud y precisión” al operador del sistema de los trabajos desarrollados en la central de Alcúdia, lo que incidió negativamente en “elementos esenciales de la red, como el seccionador, cuya manipulación originó el grave incidente que repercutió en un amplio sector de la población balear”.

Asimismo, el tribunal cree que Endesa debió comunicar a la Administración “datos objetivos e información” sobre la actividad que iba a desplegar sobre las instalaciones de distribución de energía eléctrica, y debido a que la avería tenía que ver con la red de transporte, la empresa recurrente no puede eludir su responsabilidad.