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La Audiencia Provincial condena a una caja de ahorros a indemnizar a un matrimonio de Palma con más de 240.000 euros por el fiasco de las preferentes y las obligaciones subordinadas que les vendió su propia hija.

El tribunal señala que la empleada desconocía los riesgos de la operación y que, por lo tanto, los clientes no podían tener una información suficiente a la hora de firmar el contrato. La operación se había cerrado en el año 2009 y, en total, los afectados habían invertido más de 400.000 euros en estos productos.

La trabajadora de la caja aportó en el procedimiento la documentación que distribuyó la entidad para uso exclusivo de sus empleados. Esa prueba está encabezada con la advertencia «el presente documento es confidencia», que ni siquiera podía estar ese escrito a la vista de los clientes.

La entidad decía a sus trabajadores que las preferentes eran «una gran oportunidad para clientes que quieran obtener durante un amplio plazo de tiempo un rendimiento atractivo». En ningún momento se mencionan los riesgos. La empleada declaró que en ningún momento creyó que la información estuviera manipulada y que, de hecho, ella misma compró preferentes.

La Audiencia entiende que el consentimiento de los clientes estaba viciado ya que se les ofreció un producto sin información suficiente y, por lo tanto, condena a la entidad a pagar el dinero que perdieron los dos afectados. Revoca así una sentencia de un juzgado de Primera Instancia que daba la razón a la caja.