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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma ha anulado un expediente sancionador abierto por la Conselleria de Turismo y Deportes del Govern a dos particulares que alquilaban sus viviendas a turistas, se anunciaban en internet y no habían presentado la Declaración responsable de inicio de la actividad turística (DRIAT), según determina la ley.

El fallo anula la sanción impuesta por la Administración «por no ser conforme a Derecho», a pesar de que los propietarios afirmaron que alquilaban sus casas a turistas, informa en una nota de prensa la Asociación de Apartamentos y Viviendas de Alquiler de Temporada de Baleares, apturbalears.

La sentencia, destaca la asociación, admite la defensa de los particulares y señala que se ha vulnerado el derecho constitucional de defensa porque la notificación del expediente se envió al apartamento que se destina al alquiler y no al domicilio habitual de las personas expedientadas.

Según defiende apturbalears, con este fallo «se crea la vía de escape al acoso que están viviendo los alquileres vacacionales en Balears».

Añade que la Conselleria utiliza habitualmente la práctica de enviar la notificación del expediente a la vivienda para alquiler turístico y no al domicilio particular.

Defiende que el alquiler vacacional es una práctica en auge «del que dependen muchas familias», por lo que busca asesorar a quienes se dedican a ello, redactar una normativa que regule el sector «lejos de las actuales prohibiciones» y con el fin de que «se respeten los derechos que la Conselleria de Turismo vulnera».