La Audiencia Provincial ha rechazado la petición de un vecino de Palma que quería dejar de ser el padre de una niña de ocho años a la que reconoció porque inició una relación con la madre ya embarazada. El demandante argumentaba que la menor no era hija biológica suya y acudió a los tribunales para impugnar esa filiación.
Cuando nació la niña fue quien acudió al registro civil y la reconoció como suya, «a pesar de tener pleno conocimiento de que no era el padre biológico». Más tarde tuvo otra hija con la madre, esta sí con sus genes. Sin embargo, la relación se rompió y, en su descargo, el demandante argumentaba que su expareja vivía ahora con el padre biológico de la niña.
La madre no se oponía. Solicitaba una prueba biológica para determinar la paternidad y pedía una sentencia. Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial recuerdan que es posible retractarse de una declaración de paternidad «de complacencia», pero en un plazo de cuatro años. «El plazo se ha excedido con creces y, además, la estimación del recurso tampoco beneficiaría a la menor, ya que la dejaría en una situación de desprotección».
La Sala muestra sus dudas sobre que sea posible anular un reconocimiento y alude a votos particulares del Supremo: «El caso lo resolvemos en forma sangrante: un hombre se enamora de una mujer soltera que tiene un hijo y en el calor del enamoramiento lo reconoce. Más tarde, se extingue aquel amor y rompe, como si fuera un simple papel el estado civil de aquel niño».
22 comentarios
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!!! ALERTAAAA!!!
Bien merecido se lo tiene el "padre de pegote" por adoptar una responsabilidad que no es suya, ahora a tragar con una justicia que solo mira para el lado de la mujer, "sueldito nescafe" y ahora a gastarselo con otros posibles "padres". La culpa la tiene él POR BOBO.
Haberlo pensado antes, ante todo y sobre todo está la cobertura a la menor. Y por cierto vaya espectáculo se le está dando a la pobre...espero que nunca llegue a enterarse de la mezquindad de su progenitor ni de la de SU PADRE.
Paco, no has entendido nada! lee otra ves el el texto. Lo lógico seria que el padre autentico de la niña, reclame su paternidad a través de la prueba de ADN, lo mas lógico es que se la dieran. Lo increíble es que este no la reclame. El papa adoptivo, estaría fuera de esa situación, solamente cumpliendo con la otra hija en común que si es suya. Otra cosa es que el papa autentico de la niña no quera reconocerla, si es así, vaya madre vivir con ese personaje.
Sabiendo quién es el padre biológico, debe ser él quien cumpla con sus obligaciones, el otro padre no biológico pecó de incauto al tomar responsabilidad de un niñ@ que no es suyo.
La niña no queda desprotegida. Está la madre. O no? O es que las mujeres no sirven para proteger los hijos? En cuanto a lo de padre ... Biológico o no ... No tiene nada que ver. Ser padre no es dejar embarazada a una mujer. Al tanto que el "padre biológico" no supiera que tenía un churumbel por el mundo hasta hace poco.
A ver si lo entiendo... hay un hombre que es padre legal de dos hijas y que se hace cargo del sustento de ambas, pero ambas hijas viven con el padre biológico de una de ellas, pero que no se hace cargo de ninguna. Y después dicen que no hay tíos con estrella y tíos estrellados.
Madre solo una ...Padres.???....muchos Al menos uno de cada 25 padres cree ser el padre de un hijo que realmente no es suyo. Un nuevo estudio de especialistas ingleses confirma que son cada vez más los padres que, gracias a un gran aumento del número de análisis de ADN, están descubriendo que fue otro hombre quien dejó embarazada a su mujer sin que ella lo desvelara posteriormente.
Legalmente el reconocimiento es una adopción, es exactamente igual que si fuera tuyo. Es un marrón porque su auténtico padre vive con ella, y quien paga es él. De todas formas si la madre reconoce que tiene otra pareja la pensión debería ser muy baja.
Pues haberlo pensado antes de firmar, amigo. Una cosa así es para toda la vida, independientemente de que se acabe la convivencia con la pareja.