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El Sindicato Médico de Baleares (Simebal) considera que impedir el acceso a la carrera profesional al personal sanitario por carecer de un certificado lingüístico es una medida «arbitraria, desproporcionada y contraria a derecho» como también que condicione el concurso de traslados.

La entidad votó el pasado viernes en contra del proyecto de decreto para regular la capacidad lingüística del personal estatutario del Ib-Salut en la Mesa Sectorial de Sanidad porque considera que para los facultativos sanitarios dicho conocimiento debe constituir «en todo caso un mérito», ha informado en un comunicado.

Simebal es partidario de medidas de apoyo a la implantación progresiva e incentivada del conocimiento del catalán entre los profesionales de la sanidad pública balear pero como mérito para acceder a los puestos y no un requisito «por los notorios inconvenientes que puede suponer para la atracción de médicos a las Baleares y por afectar al derecho de libre circulación de los profesionales en el Sistema Nacional de Salud».

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El sindicato se opone a que el catalán sea requisito necesario para el acceso a la carrera profesional en el Ib-Salut, algo que considera contrario a derecho «pues los conocimientos que se valoran y se premian a través de la carrera son y deben ser los meramente profesionales».

Impedir el acceso a la carrera profesional por la ausencia de un certificado lingüístico es una medida que Simebal tilda de «arbitraria y desproporcionada» para el fin perseguido por la carrera profesional, que es el derecho de los profesionales a progresar de forma individualizada como reconocimiento a su desarrollo en conocimientos, experiencia y cumplimiento de los objetivos del Ib-Salut. «Impedirles el acceso a la valoración de esas circunstancias para poder progresar es inadmisible desde la perspectiva legal y sindical», insisten.
«Rechazamos de plano que el derecho a la movilidad y a la libre circulación de profesionales en el Sistema Nacional de Salud a través de concursos de traslados se condicione a la posesión de determinados certificados lingüísticos y lo reputamos como una restricción de las prohibidas en el artículo 139.2 de la Constitución», añade la entidad.

El sindicato también se opone a que la acreditación del catalán sea únicamente «a través de determinados certificados». Cuestiona los «intereses» que subyacen en no admitir que el Institut Català de la Salut (ICS) pueda aportar el certificado, cuando es admitido a los concursos de acceso a las plazas, y que el tribunal mediante una mera conversación puede considerar que se acredita el conocimiento lingüístico.