Los trabajadores entraron dentro de un proceso de recolocación después de que Acciona asumiera el servicio de asistencia en tierra. A pesar de que el convenio colectivo señalaba que se respetaría el derecho a utilización de billetes la empresa no accedió. Al no ser una aerolínea, se remitía a un acuerdo entre las partes para compensar ese derecho. Ese pacto no se había alcanzado y la falta del mismo era el argumento empleado por la empresa para no acceder a la petición de los trabajadores.
Un juzgado de lo Social de Palma dio la razón a los trabajadores en el año 2015 y, un año después, resolvió la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en el mismo sentido.
Sin embargo, Acciona acudió ante el Tribunal Supremo porque entendía que existían sentencias contradictorias: en Madrid y en Murcia, en casos similares se había denegado esa compensación a los empleados por parte de los tribunales.
El Supremo admite que se trata de un derecho de aplicación compleja: «Se está trasladando a un empleador que no desarrolla tareas de transporte aéreo una obligación pensada para casos en que sí se desempeñan». Sin embargo, se apoya en que la redacción de convenio contempla la posibilidad de que se negocie y, por tanto, «presupone que existe un beneficio patrimonial contemplable en todo caso».
El tribunal indica que la falta de una fórmula específica para compensar ese derecho «no impide reconocer el derecho a utilización de billetes gratuitos ya que una cosa es el derecho que se ostenta y otra la forma en que debe ejercitarse cuando la concesionaria no es compañía aérea».
Once sentencias
La compensación del derecho a billetes aéreos de antiguos trabajadores de Iberia ha provocado hasta once resoluciones diferentes del Tribunal Supremo, todas ellas en el mismo sentido. La empresa tendrá que reconocer el derecho y negociar con los trabajadores la compensación de esos billetes.
4 comentarios
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@joan & @Frank Esto es lo normal en el sector aéreo en todo el mundo, no sólo en España. Informaos antes de criticar, envidiosos! Los típicos españolitos envidiosos que no soportan que otros tengan un sueldo decente o un derecho adquirido que como ellos no lo tienen ya lo califican de privilegio. Así estamos y así estáis, IGNORANTES. Con gentes así, todos a trabajar gratis...
Reminiscencias del franquismo cuando los trabajadores de telefónica no pagaban recibo los de Gesa igual y así todo lo público. De esto no se quejan
Por esta regla, los que trabajan en hacienda, deberían de estar exentos de retenciones del IRPF.? QUE PAÍS !!
De gratis nada de nada, estos billetes "free" para empleados de compañías aéreas cotizan como pago en especie.