La portavoz del Govern, Pilar Costa. | Europa Press

TW
21

El Govern balear ha aprobado este viernes el decreto que permitirá la creación de la Oficina de los Derechos Lingüísticos de las Islas Baleares, que estará marcha en febrero del próximo año.

Esta oficia velará para que los derechos lingüísticos sean respetados, ha informado la portavoz del Ejecutivo, Pilar Costa, tras la reunión del Consell de Govern. Ha precisado que varios tratados internacionales reconocen los derechos lingüísticos y la necesidad de garantizarlos y, precisamente, con ese espíritu nace este organismo en el que trabajarán tres funcionarios en un primer momento.

Las comunidades de Cataluña, Valencia y el País Vasco, así como Gales o Quebec, son algunos ejemplos de territorios en los que se ha implantado un organismo con funciones similares.

La Oficina de Defensa de los Derechos Lingüísticos estará adscrita en la Conselleria de Educación, Universidad e Investigación.

Además de actuar en el ámbito de la administración autonómica, esta oficina podrá intervenir en actuaciones de otras administraciones con sede en Baleares o por sujetos privados que vulneren los derechos lingüísticos de los ciudadanos de las Islas Baleares.
En este caso, su función será interceder entre la persona que presenta la reclamación o la sugerencia y la parte que haya originado los hechos.

Los derechos lingüísticos a que hace referencia este decreto son los que amparan y protegen el uso de las lenguas oficiales reconocidas por el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, el catalán y el castellano.

Algunas de las funciones de la Oficina serán recoger y tramitar reclamaciones sobre vulneración de derechos lingüísticos, atender las consultas que se formulen en este ámbito, difundir información, colaborar con los órganos o entes dependientes de la administración objeto de reclamaciones, proponer medidas normativas u ofrecer recursos y asesoramiento a entidades públicas y privadas.

La Oficina de Defensa de los Derechos Lingüísticos puede actuar de oficio o a solicitud de cualquier persona física o jurídica. Cuando esta oficina tenga conocimiento de un hecho que pueda vulnerar derechos lingüísticos, puede actuar de oficio y ponerse en contacto con el órgano o ente de la administración o con la persona física o jurídica implicados.