El concurso fue declarado ilegal ya en 2013 en una sentencia que es firme desde hace años. Anulaba una de las condiciones del concurso que exigían una experiencia a los aspirantes que tenían que haber tenido antes una oficina de farmacia abierta. El problema que surge entonces es cómo aplicar esa resolución.
El Govern consideraba que era suficiente con anular ese punto y dejar de valorar la experiencia. En la práctica supone dejar igual las farmacias. El TSJIB estuvo de acuerdo con esa ejecución y rechazó un recurso del farmacéutico que llevo el caso a los tribunales. Esto ocurrió en 2016. Cinco años después, el Supremo dicta su segunda sentencia al respecto: señala que no es suficiente con eliminar ese criterio de valoración y ordena que se lleve a cabo el concurso de nuevo desde el inicio.
El motivo es que, la inclusión de ese mérito pudo disuadir a otros posibles aspirantes a acudir al procedimiento abierto. «No es suficiente esa solución para considerar correctamente ejecutada la sentencia porque mantiene la validez de los demás actos derivados de la convocatoria».
Segunda resolución
Esta sentencia del Supremo, dictada este mismo mes de julio, reitera el criterio que ya fijó el tribunal hace dos años. Ocurrió, sin embargo, que el alto tribunal anuló esa primera resolución porque no se había emplazado en el procedimiento a los dieciocho farmacéuticos afectados. Se les ha dado trámite para que formulen cualquier alegación y se puedan defender en el procedimiento. Sin embargo, la nueva resolución no mueve una coma de la anterior: las adjudicaciones son nulas y el concurso tiene que volver a ponerse en marcha.
La causa vuelve ahora al TSJIB que es a quien ordena el Supremo que «ejecute la sentencia en sus propios términos y con arreglo a lo aquí razonado». La consecuencia debe ser una orden a la Conselleria para que anule la convocatoria de 2011 y que vuelva a convocar un concurso. Ahí no se acabará el problema porque queda un nuevo episodio: ¿Qué ocurre con los actuales propietarios de las farmacias si las pierden? De ahí derivarán nuevos procedimientos contra la Administración por responsabilidad patrimonial.
30 comentarios
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BURNESe entienden como productos parafarmacéuticos los que no son medicamentos pero se consumen, aplican o utilizan por el ser humano, para mejorar o contribuir a cuidar la salud de las personas sanas. Entonces, según tú, una farmacia no puede vender para(farmacia), pero un supermercado sí, ¿verdad? Imagínate que abres un negocio y te vienen cuatro a decirte qué tienes que vender y qué no. En una farmacia, toda la vida se han vendido productos de parafarmacia, por ello el farmacéutico tiene a su disponibilidad másteres y/o posgrados especializados en esos productos. El farmacéutico, como profesional sanitario, ofrece resolución de dudas, aconseja sobre los productos idóneos, y garantiza que los productos cumplen unas normas europeas, para evitar accidentes por el uso de productos inadecuado. Seguramente alguien formado pueda explicarte mucho mejor cómo aplicarte una crema, qué rutina tener o cómo cuidar mejor tu piel (por ejemplo) que otra persona que está contratada solamente para vender los productos al pasar por caja. No se a qué farmacias habrás ido, pero es de obligatorio cumplimiento que la venta de medicamentos esté bajo supervisión del farmacéutico, de modo que siempre tiene que haber uno -como mínimo- en el establecimiento. No obstante, los auxiliares y técnicos (posición superior) también son profesionales a otra escala y se han formado como lo puede hacer un auxiliar de enfermería o un técnico de anatomía patológica para poder desarrollar las competencias de su puesto de trabajo. Además, cada vez que llega un producto nuevo a la farmacia se recibe formación para tener las nociones necesarias para aconsejarlo a algún cliente que lo necesite. ¿Estás comparando un mórfico con un paquete de arroz? Me parece a mí que hay una diferencia considerable; con el exceso de uno puedes estar unos días sin ir al baño y con el exceso de otro puedes morir. Qué me vas a contar a mi si saben o no cómo tomarlo, cuando a diario tengo que recordar a algunos pacientes su pauta médica (y sólo faltaba, para eso estamos). Aquí sí somos especialistas en análisis clínicos. No obstante es Sanidad quién lo autoriza, y no somos nosotros quién hacemos el test, y... el test no es sanguíneo, es cogiendo muestra de los orificios nasales. Hay que informarse antes de hablar... Saludosss
CuquiHola Cuqui, ante todo discúlpeme pues el fallo fue mío al no leer o pasar por alto lo que indicó vd "2013" en el contexto de su comentario. Realmente creo que los dos tenemos diferentes conceptos de eso que indica como "ilegal" y me explicaré: Sacado de la sentencia de fecha 27 de mayo de 2013, el TSJB estimó el recurso contencioso-administrativo, interpuesto contra las mencionadas resoluciones administrativas. La Sala amplió el recurso al apartado o criterio A7 del Baremo de méritos recogido en el Anexo II del Decreto 25/1999, de 19 de marzo (ya derogado por los decretos 79/2005 de 15 de Julio y 54/2010 de 9 de abril) por el que se aprueban las zonas farmacéuticas de las Islas Baleares, y el procedimiento para la autorización de nuevas oficinas de farmacia. Pero ¿Qué decía dicho Real Decreto?: En el Anexo II indicaba: "Baremo de méritos para el acceso a la titularidad de una oficina de Farmacia" Apartado A.- Méritos Profesionales: Méritos: Ejercicio como farmacéutico titular, regente, sustituto o adjunto en una oficina de farmacia abierta al público. Puntuación: 0,1 por cada mes completo de ejercicio en los 10 últimos años desde la fecha de la convocatoria. Máximo 20 puntos. Con lo cual no podía ser "ilegal" ya que para la convocatoria utilizaban un Real Decreto antes vigente y de hecho el TSJB jamás escribió dicha palabra en sus sentencias. Puede encontrar la información de las resoluciones de la Directora General de Farmacia por la que se convoca un concurso de méritos para la adjudicación de las 18 oficinas de farmacia en el BOIB nº 69, de 6 de mayo de 2010. Y también donde estarían localizadas las mismas. Por eso indiqué que el TSJB y el Supremo no indicaron concretamente "ilegal" el concurso con el que se adjudicaron las farmacias, porque los que lo denunciaron consideraron abusivo que les quitasen méritos por no haber regentado ninguna farmacia anteriormente. Pero también es cierto que el Govern entendió que era suficiente con no sumar los méritos que fueron considerados ilegales y excluirlos así del procedimiento y el mismo TSJB aceptó ese criterio en un auto de 2016, con el cual se mantenían las 18 oficinas que ya estaban adjudicadas y que no era necesario llevar a cabo una nueva convocatoria íntegra, es decir lo consideró "Legal". Es como si Vd. pierde un juicio declarándolo ilegal algo y lo recurre a altas instancias, véase la Audiencia Provincial o al Supremo y este le da al final la razón, entonces ¿Es legal o no?. Ese era mi razonamiento acerca de ello pues solamente lo era en un punto concreto y no en el todo "solamente lo era en dicho mérito relatado anteriormente, con lo cual no se puede hablar de ilegal. Atentamente
SiurelletHombre, lo de que es ilegal no lo digo yo (aunque lo haya escrito), lo dice el periódico con este artículo. De todas formas "aunque el supremos haya corroborado... etc" si un punto de un concurso o licitación se anula, el concurso debe repetirse (no sé si legalmente se anula, es ilegal, se repite o qué...) . Por lo demás te soy la razón... Un saludo!
De los malos asesores de Antich a los amigos de Bauza
Tomen nota del 18 de junio de 2011 al 2 de julio de 2015, saben quién fue president del govern balear? J.R.BAUZA.
NormaDinAlguien que no conoce la diferencia obviamente carece de neuronas.
Aina Mora BarcelóVeamos , yo he ido a una farmacia con una fórmula magistral y me han dicho que no la hacen porque los botes de substancias son de un litro y me han dicho que no les sale a cuenta (sic) con lo que sobra. No tendrían que vender productos para el afeitado, peines, limas,desodorantes, gafas, muletas, potitos,zapatos, supuestas cremas adelgazantes que fabrican ustedes,etc.. NO SON PRODUCTOS FARMACEUTICOS sino de parafarmacia y es competencia desleal. Las parafarmacias no pueden vender medicamentos. En la mayoría de las farmacias están auxiliares vendiendo y el profesional ni se le ve , (si es que está) y no tienen formación para saber lo que venden cuando alguien les pide algún remedio para algo. Los medicamentos tienen sus precios regulados, pero no los productos demostrador que los representantes les regalan (lo he visto) por comprar sus productos. Quien tiene que usar mórficos ya sabe por desgracia como usarlos. Toda tienda almacena y custodia lo que vende. Por cierto si no son especialistas en análisis clínicos es competencia desleal hacer test sanguíneos , Y dudo que sea legal. Debe ser un buen negocio, ya que la mayoría tiene varios/as auxiliares y los traspasos de farmacias valen su peso en oro. por algo será.
EL Govern, que tiene que decir de una resolución del Tribunal Supremo? Lo que tiene que hacer es mutis y acatar. Es por esto que quieren ser independientes? para manejar el cotarro en todas y cada una de las instancias del Poder? Hay leyes y sentencias muy divergentes según el uso, y esto es intolerable. parece que vivimos en paises distintos, con leyes espejos y permisos especiales para según quienes. Ademas el fiscal debería actuar para depurar responsabilidades y poner fin a estas artimañas ponzoñosas, y poner cada uno en su sitio, pero va a ser que no,....
SiurelletY qué diferencia hay entre lo que se llama un socialista y lo que se denomina un socialdemócrata. Cómo están las cabezas de los empanaos.
La farmacéutica Bayer se lanzó a comercializar un jarabe con heroína en el año 1898. Era un producto pensado para niños. Lo llamaron heroína por la sensación que tenían los que lo tomaban. Por supuesto, el producto no había pasado los estándar de seguridad necesarios y se probó en vivo. Cuando los niños empezaron a tener graves problemas de adicción y algunos murieron, se tuvo que retirar. Aún así se estuvo vendiendo hasta el año 1913. Aunque la historia se repita, seguimos cayendo en el engaño de las farmacéuticas