Vista aérea de un concierto.

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La Sala de lo Contencioso del TSJIB deniega la petición del Govern para poder exigir un 'pasaporte COVID' en grandes eventos culturales o deportivos. El auto sigue el criterio de la Fiscalía y considera que este requisito solo es proporcionado para el acceso a residencias de mayores al tratarse de un colectivo «especialmente vulnerable».

El auto considera que la petición del Govern contiene «generalidades y muy poca concreción». Considera que ya hay una serie de medidas que se aplican en esos ámbitos como el uso de mascarillas o la reducción de aforos: «Si estas no resulta suficientes, será entonces y ante la evidencia demostrable el momento de aumentar su intensidad».

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Así, considera que no se ha demostrado la necesidad de esa medida ni su proporcionalidad. «La verdad es que se desconoce por qué el número de 2.500 asistentes en instalaciones abiertas o de 500 en instalaciones cubiertas. La petición es tan genérica como inconcreta».

Las tres magistradas que firman el auto también reprochan que se opte por una «solución radical y limitativa de derechos». Valora que estar vacunado no garantiza que no se esté contagiado y considera que el pasaporte «más que una finalidad preventiva sanitaria persigue mover u obligar a la ciudadanía a vacunarse».

El auto también rechaza las condiciones que planteaba el Govern para celebrar bodas, bautizos o comuniones, en las que limitaba la asistencia a 120 personas. La Sala considera que tampoco se ha motivado el por qué esa cifra y no otra