La regidora Sonia Vivas.

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La Audiencia Provincial también descarta que la concejala de Justicia Social de Cort, Sonia Vivas, cometiera un delito de falso testimonio en el juicio que llevó a la condena de dos policías locales por intimidar a una testigo. El tribunal rechaza el recurso presentado por los agentes que presentaron la querella contra la edil. Valora que la aportación de un parte médico antiguo en juicio por parte de Vivas no supone un delito aunque pudiera haber existido una omisión o error.

La resolución defiende que Vivas «no faltó sustancialmente a la verdad en la interposición de la querella, ni tampoco produjo error en la sentencia que perjudicase los intereses económicos». Tampoco entra en que la denuncia de la entonces policía de haber sufrido trato homófobo por parte de otros compañeros pudiera obedecer a intereses poco claros porque señala: «No apreciamos ninguna maniobra tendente al engaño, a la manipulación o al ocultaminto de la verdad».

La Audiencia condenó a penas de cárcel a dos agentes de la Policía Local de Palma. Consideró demostrado que había existido un trato homófobo a Vivas, aunque no impuso pena por esos hechos porque los consideró prescritos. La condena derivó a los intentos de los policías de hablar con una expareja de la edil para intentar impulsar una denuncia en su contra. Esta querella que ahora queda definitivamente archivada era la última causa que tenía pendiente la concejala, que llegó a declarar por estos hechos como investigada.