Estos servicios esenciales tienen como objetivo compatibilizar el interés general de los ciudadanos «y en particular sus necesidades de movilidad, con el derecho de huelga de este colectivo de trabajadores». La resolución de los servicios mínimos también se ha publicado este viernes en la página web del Ministerio. Los servicios mínimos decretados se aplicarán a las operaciones aéreas de transporte público operadas por Ryanair (con tripulantes de cabina de pasajeros pertenecientes a las empresas Ryanair, Crewlink y Workforce), con origen o destino en los aeropuertos de Madrid, Málaga, Barcelona, Alicante, Sevilla, Palma de Mallorca, Valencia, Girona, Santiago de Compostela e Ibiza.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha fijado que los servicios mínimos que pueden alcanzar hasta el 85% de los vuelos programados en el caso de las rutas domésticas hacia o desde territorios no peninsulares. Para los servicios para cada ruta con ciudades españolas peninsulares y extranjeras, cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a cinco horas, los porcentajes oscilan entre el 36% y 60%, dependiendo de los meses y del aeropuerto.
Para las rutas con ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento inferior a cinco horas, el aeropuerto de Barcelona tendrá entre un 34 y un 38% de protección de los vuelos. Para el resto de los aeropuertos, en el caso de registrarse vuelos de este tipo, el Ministerio ha establecido una protección similar a la de Barcelona. Se considerarán trabajadores legalmente convocados a la huelga aquellos que tienen asignada como base permanente alguno de los centros de trabajo en los que se convoca la huelga, independientemente del lugar en el que pernocten los días de la convocatoria de la huelga.
Respecto al listado de vuelos afectados por estos servicios mínimos, el Ministerio ha señalado que corresponde a Ryanair establecer los vuelos sometidos a los porcentajes de servicios mínimos, «para lo que deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que se presten salvaguardando en todo momento la seguridad del conjunto de las operaciones».
1 comentario
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Ni servicios mínimos ni nada. Lo que deberían haber hecho hace mucho tiempo los sucesivos gobiernos, es aprobar una Ley de Huelga, que ponga límites al desmadre que padecemos en España con este asunto. Entre otras cosas, esa ley debería PROHIBIR realizar huelgas en toda la temporada de verano y fechas clave, como Navidad o Semana Santa, especialmente a sectores vitales como transporte, hostelería, limpieza pública, etc. En segundo lugar, PROHIBIR, bajo pena de prisión, los mal llamados piquetes informativos, que no son más que grupos violentos y mafiosos que coartan la libertad de sus compañeros de trabajo. Y por último, duras penas de cárcel para aquellos que durante una manifestación por huelga, se dediquen a cortar calles o carreteras por medios violentos, impidiendo la libre circulación de vehículos y personas. A ver si alguien empieza a poner un poco de orden en este basurero de país que tenemos gracias a la izquierda radical que todo lo pudre.