El Tribunal Supremo concluye que la reclusión de estudiantes en junio de 2021 tras el brote de coronavirus en viajes de fin de curso fue una medida proporcionada. El Alto Tribunal desestima el recurso impulsado por la Fiscalía que entendía que fue una medida que no estaba fundamentada. El encierro de alrededor de 170 adolescentes tras el brote terminó de forma abrupta por una resolución judicial. Un juzgado de lo Contencioso dejó abandonar el confinamiento forzoso a todos los que no habían dado positivo todavía.
El Tribunal Superior de Justicia más tarde revocó esta decisión y sí entendió que la medida estaba justificada en plena pandemia, más aún cuando varios de los jóvenes que habían regresado a sus hogares en la Península dieron posteriormente positivo. El recurso de la Fiscalía se basaba en que la medida de restricción de derechos fundamentales no estuvo suficientemente motivada y que no se detallaba en cada uno de los casos a qué situación habían estado expuestos los jóvenes.
Ahora, el Supremo avala el criterio del TSJIB. Entiende que, en medio de la pandemia, se trató de una decisión que cumplía criterios sanitarios y que, por tanto fue válida.
En torno al confinamiento se produjeron además una serie de denuncias por la vía penal contra responsables de la Conselleria de Salut impulsadas por un grupo de padres. Esas causas fueron posteriormente archivadas por el juzgado de Instrucción, algo después confirmado por la Audiencia Provincial. Los padres, no obstante, mantenían la intención de insistir en estas denuncias por detención ilegal que quedan zanjadas ahora por la decisión del Supremo.
El Tribunal Supremo dictó un auto la pasada primavera en el que tenía por no formalizado el recurso de la Fiscalía, si bien, más tarde reabrió el plazo para que se pudiera subsanar el trámite y ahora se pronuncia por primera vez sobre el fondo del asunto para avalar la actuación del Govern.
22 comentarios
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El mismo Tribunal que defiende a la Armengol. Pronto todo eso caera
Entonces aquella jueza prevaricó.
Asusta la velocidad con la que los tribunales de justicia dictan sentencias....
MarBoschEn qué poco valoras lo que significa tu libertad. Es un auténtico escándalo moral lo que hicieron. Había y hay pandemia, eso no puede justificar que un menor o mayor sea privado de derechos fundamentales sin un motivo individual. La ignorancia y aborregamiento de unos pocos, nos hace perder derechos como sociedad. Y ya que usas términos personales te diré que el conocimiento te persigue pero claramente tú eres mucho más rápida.
GudariNo diguis dois: no et poden retenir per quasevol cosa, hi ha d'haver causa justificada i hi havia pandèmia, o no ho sabies?
El que hauria de fer la conselleria ara és reclamar el cost de l'estança i especialment de les reparacions dels danys que causaren a l'hotel i sinó que ho pagui en Campos... i que no sigui amb banderetes.
¿Dónde están los terraplanistas/negacionistas/conspiranoicos que pusieron el grito en el cielo? Aquí espero sus comentarios junto con el estado de los imanes que se pegaban en los brazos jajaja qué locura los negacionistas!!!
Aún queda camino por recorrer y espero deseo y pagaría por qué se lleve al constitucional y a Estrasburgo, dónde espero que alguien ponga orden y sentencie que en España no se puede retener a menores que no están acusados de nada en contra de su voluntad y la de sus tutores legales. Ojo que el supremo crea jurisprudencia y está autorizando a retener, privar de libertad de movimientos a un grupo o personas por orden de una autoridad administrativa, sin motivo alguno.
Como ne alegro! Ajo y agua bocachanclas!
Y ahora que,va algun papa o mama a pedir perdon o disculpas!!!