PALMA. URBANISMO. Cort ha recibido más de 600 alegaciones al nuevo Plan General. Partidos y entidades discrepan en el exceso o escasez de suelo urbanizable y algunos escritos ponen en duda su viabilidad económica. MAS FOTOS EN EL DISCO DEL 16-02-2022 | Jaume Morey

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El Govern ha prohibido que los municipios delimiten nuevos sectores de suelo urbanizable mientras quede vacante más de un 15 % de superficie con esa consideración o una superficie sin desarrollar equivalente a la que se pretende habilitar. El ejecutivo ha aprobado este martes un decreto con diversas medidas de contención del crecimiento urbanístico con el que desarrolla el que ya impulsó en 2020 para completar la protección del territorio, según ha explicado el conseller de Medio Ambiente, Miquel Mir. La delimitación de nuevos urbanizables por parte de los ayuntamientos sí podrá llevarse a cabo para hacer viviendas de protección oficial y para la construcción de equipamientos públicos cuando esté justificado para garantizar la viabilidad técnica y económica de esos proyectos.

El decreto determina también de forma expresa la prohibición de establecer nuevos urbanizables en áreas de prevención de riesgo de inundaciones. En la misma norma se ha contemplado la declaración como áreas naturales de especial interés (ANEI) de tres espacios de Mallorca y uno de Ibiza que suman 145 hectáreas. La medida afecta a la zona de Es Trenc, que amplía la protección del parque natural con un espacio ANEI y otro de área rural de interés pasajístico (ARIP), lo que imposibilita el proyecto de hotel de Ses Covetes.

También se refuerza la protección de los barrancos de Son Gual y Xorrigo, en Palma, de algunos puntos de la Serra de Tramuntana y de Cala Jondal, en Ibiza, espacios que ya estaban preservados por otras figuras de conservación. El decreto incluye asimismo la desclasificación de los terrenos urbanos con urbanización no consolidada que no hayan sido adaptados al decreto 9/2020, lo que afecta especialmente a Ibiza. Para esta isla y para la de Formentera, se fija, en otro punto del decreto, la limitación de una piscina por finca, no superior a 35 m2 y 60 m3, cuyo ya estaba en vigor para Mallorca y Menorca.