La Sala III del Tribunal Supremo (TS) ha planteado cuestión de inconstitucionalidad de un artículo del Decreto-ley 1/19, de 22 de febrero, de Baleares, que establece la obligación de reservar el servicio de los Vehículos de transporte con conductor (VTC) con una antelación de 30 minutos a su prestación, «por vulneración del principio de libertad de empresa regulado que reconoce el artículo 38 de la Constitución». Según han informado desde el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), el Supremo explica que, en sentencia del pasado 13 de febrero, consideró contrario al derecho constitucional a la libertad de empresa un artículo de similar contenido del Decreto vasco 200/2019, que anularon.
El Supremo plantea cuestión de inconstitucionalidad en la precontratación de VTC
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