El director de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción, Cristóbal Milán, y el fiscal general del Estado, Álvaro García, en la firma de un convenio. | R.L.

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Baleares, como el resto de comunidades autónomas, administraciones y empresas españolas, está obligada a aceptar informaciones y denuncias anónimas sobre corrupción. La proposición de ley registrada por el PP en el Parlament el pasado lunes para suprimir la Oficina Anticorrupción, tal cual está registrada, provocaría que Balears incumpliera de plano la Ley de Protección de Informante, que entró en vigor en España el pasado mes de marzo. Esta normativa incorporaba una serie de directivas de la Unión Europa que llevaban años pendientes de incorporar y obliga a todas las administraciones públicas a disponer de una serie de canales para recibir y tramitar denuncias de corrupción de forma confidencial y protegiendo a los informantes.

Uno de los requisitos que marca esta norma de forma literal en su artículo 17 es que «la información (sobre cualquier supuesto hecho irregular) puede llevarse a cabo de forma anónima» por parte de cualquier ciudadano. Añade: «En ningún caso se comunicará a los sujetos afectados la identidad del informante ni se dará acceso a la comunicación». La portavoz del PP, Marga Durán señaló que la proposición presentada pretendía poner coto a las denuncias anónimas.

La normativa, que prevé cuantiosas multas en caso de incumplimiento, obliga a empresas e instituciones a disponer de dos canales para encauzar las denuncias: uno interno y otro externo. El primero está implementado dentro de la propia estructura del Govern para recibir y tramitar posibles denuncias de funcionarios.

El segundo canal para canalizar las denuncias externas era el que quedaba cubierto por la Oficina Anticorrupción. La normativa estatal no obliga a las comunidades a disponer de este instrumento pero sí a disponer de una serie de figuras que garanticen la protección de los informantes y que las denuncias por corrupción se tramiten.

El apunte

La Ley de Protección de Informantes da más opciones

La Ley de Protección de Informantes contempla en su exposición de motivos la existencia de oficinas anticorrupción, como las que disponen otras comunidades como Andalucía, Catalunya o la Comunitat Valenciana. Sin embargo, no obliga a que las comunidades las tengan. Sí creaba a nivel nacional la Autoridad Independiente de Protección del Informante como canal para las denuncias y ofrecía la posibilidad de que las autonomías suscriban convenios con esta entidad.