La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial
(CGPJ) abrió ayer un expediente disciplinario por la presunta
comisión de dos faltas muy graves a la juez decana de Marbella,
Pilar Ramírez, mientras que ha avalado la actuación del juez
Santiago Torres en el «caso Atlético».
Durante su reunión, que duró más de tres horas, la comisión
disciplinaria acordó también iniciar el procedimiento de suspensión
cautelar de funciones de la juez Ramírez, a quien se considera que
pudo infringir las normas de incompatibilidades de los jueces y el
deber de abstención en asuntos relacionados con sus familiares.
Asimismo, la comisión consideró que no es competente para
pronunciarse sobre la propuesta de traslado forzoso de la juez de
Marbella, como proponía la inspección del CGPJ, ya que entiende que
esta medida no es por una cuestión disciplinaria y debe ser, por
tanto, la comisión permanente la que lo decida.
La inspección del Poder Judicial había propuesto tanto la
suspensión cautelar de Pilar Ramírez como su traslado forzoso, así
como la apertura de cinco expedientes disciplinarios por faltas muy
graves o graves, la reapertura de un sexto y la incoación de dos
diligencias informativas por asuntos menores. Esta propuesta fue el
resultado de la investigación que se llevó a cabo tras la denuncia
que el fiscal jefe anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo presentó
sobre la supuesta relación de la familia de Pilar Ramírez con el
alcalde de Marbella, Jesús Gil y la mafia.
El presidente de la comisión disciplinaria del CGPJ, Teófilo
Ortega, explicó ayer en rueda de prensa que aunque la propuesta de
la inspección era de la apertura de varios expedientes
disciplinarios, finalmente se había decidido abrir uno sólo «con
todo» al considerarlo «más operativo» y por la conexidad de los
asuntos a los que se refiere.
Relató que una de las supuestas faltas muy graves cometida por
la decana de Marbella es la contemplada en el artículo 417.7 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial (COPJ), que considera como tal
infracción «mantenerse en el desempeño del cargo» en los órganos
judiciales «sin poner en conocimiento» del Poder Judicial las
circunstancias que hacen necesario su traslado forzoso por
situación de incompatibilidad. Esta falta se refiere a la omisión
por parte de la decana de que Marbella tenía menos de cien mil
habitantes, cuando, en este caso, no podía ejercer como juez ya que
en esta población hay familiares suyos como accionistas o con
cargos en la dirección de sociedades mercantiles relacionadas con
el mercado inmobiliario.
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