El juez Javier Gómez de Liaño interpuso ayer recurso de amparo ante
el Constitucional contra la sentencia del Supremo que le ha
condenado a 15 años de inhabilitación al considerarle autor de un
delito continuado de prevaricación por su actuación en el «caso
Sogecable». En el recurso se denuncia la violación del derecho a la
presunción de inocencia de Gómez de Liaño, así como la falta de
imparcialidad de los dos magistrados "Gregorio García Ancos y
Enrique Bacigalupo" que apoyaron la condena, en quienes advierten
«una actitud de interés en la persecución penal» del juez. El
recurso recoge otras seis violaciones de preceptos constitucionales
por los que se solicita que se estime el amparo.
Por otra parte, la defensa de Liaño solicita al Constitucional
que se decrete «la suspensión provisional de la ejecución de la
sentencia», de modo que su aplicación no convierta a Liaño en un
«muerto civil», privado de su carrera judicial, su sueldo y el
resto de ventajas sociales adquiridas.
Ambos magistrados, según el recurso, tomaron parte antes de la
celebración de la vista oral del juicio, en varios autos, que
condició su «actividad estructural e intelectual alineada en un
determinado lado de la contienda», contraria a Liaño, por lo que
«el Tribunal se vio metido en un túnel de prejuicios invalidantes
que no le permitían seguir conociendo en las mejores condiciones de
neutralidad» la causa que enjuiciaron. Liaño señala la relación
personal entre Bacigalupo y uno de los letrados de la acusación
particular, Antonio González de Cuéllar, quienes «mantenían una
relación de amistad y afecto personal y recíproco». El recurso
justifica su tardanza en la presentanción de la recusación debido a
la confianza que tenían en la inhibición de este magistrado por
«amistad íntima con una de las partes». Por otra parte, el texto
del recurso presentado ante el TC señala la vulneración del
principio de inocencia y la condena «sin pruebas de culpabilidad».
El recurso mantiene la tesis de que no se ha probado ninguno de los
hechos delictivos por los que se condenó a Liaño, y que todos los
que figuran en la sentencia se basan en «presunciones, sin lógica
ni razonabilidad suficiente» de los magistrados Bacigalupo y García
Ancos.
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