Imagen de archivo en la que aparecen Felipe González y Garzón en un mitin del PSOE durante la campaña electoral de 1993.

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El pleno de la sala segunda del Tribunal Supremo rechazó ayer, por segunda vez desde 1996, imputar al ex presidente del Gobierno Felipe González en la trama de los GAL al no existir ahora «nuevos elementos de prueba» de los que ya se tuvieron en cuenta para el «caso Marey», en el que fue condenado Barrionuevo.

Por «unanimidad» de los trece magistrados que forman la sala de lo penal del alto tribunal, la «cúpula» de la jurisdicción criminal, el Supremo decidió devolver la exposición razonada que le elevó la semana pasada el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón para preguntar si podía imputar a González en el «caso Oñaederra».

Baltasar Garzón solicitó al Supremo que resolviera «sobre el alcance de los denominados documentos del CESID "desclasificados en 1997" y su influencia en la eventual responsabilidad penal» del ex presidente González en los GAL, de cara al sumario en el que investiga el surgimiento de la banda armada.

La decisión del Supremo fue adoptada con una rapidez sin precedentes, según fuentes jurídicas, ya que por la mañana la sala de admisión decidió elevar el asunto al pleno de la sala, que se reunió por la tarde para, en dos horas de reunión, zanjar el asunto sin consultar ni al fiscal.

El presidente de la sala de lo penal del Supremo, Luis Román Puerta Luis, dio cuenta de la decisión adoptada por el tribunal, que ha rechazado de plano las pretensiones del juez Garzón.

En un comunicado leído, el magistrado informó de que «el Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, ha examinado el escrito remitido por el juez central de instrucción número 5 y ha acordado por unanimidad devolver a dicho Juzgado las actuaciones recibidas».

El Supremo tomó esta decisión «por considerar que los razonamientos expuestos "añade la nota" no justifican la asunción por esta Sala de la competencia para conocer de la presente causa, al no haberse observado la existencia de nuevos elementos de prueba distintos de los ya tenidos en cuenta por esta Sala con anterioridad».

El acuerdo del alto tribunal fue suscrito por, según Luis Román Puerta, los trece magistrados que componen la sala, que son, además de él, Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo, Joaquín Delgado, José Antonio Martín Pallín, Carlos Granados, Joaquín Martín Canivell, Cándido Conde Pumpido, Roberto García Calvo, José Antonio Marañón, Adolfo Prego, Joaquín Giménez y Andrés Martínez Arrieta.