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La Sala de lo Penal del Supremo desestimó ayer el recurso de súplica que presentó el ex magistrado contra la decisión de esta misma Sala de suspender el indulto concedido por el Gobierno, rechazando así el reingreso del ex juez en la carrera judicial. El presidente de la Sala, Luis Román Puerta, que en su día votó en contra de la suspensión del indulto, emitió un voto particular, favorable otra vez más a los intereses del magistrado condenado por prevaricación.

Los tres componentes del tribunal, Luis Román Puerta, José Antonio Martín Pallín y Enrique Bacigalupo firmaron el auto por el que se rechaza el recurso de súplica presentado por Liaño el pasado 24 de enero. El tribunal notificó ayer a las partes implicadas su decisión y hoy se conocerá el texto íntegro de la sentencia, aunque ya se sabe, gracias a la escueta nota que hizo pública la Sala, que no se podrá recurrir.

El presidente de la Sala, Román Puerta, tal y como ya hizo cuando la Sala Segunda del Supremo decidió anular el indulto del Gobierno a Liaño, emitió un voto particular, en el que se mostró a favor de que se estimara el recurso, y por tanto se permitiera el reingreso en la carrera judicial del magistrado, tal y como se establecía en el indulto del Gobierno. Esta misma Sala decidió suspender el indulto concedido a Gómez de Liaño en la reunión que mantuvo el pasado 8 de enero, con ocho votos a favor y seis en contra. De esta forma, Liaño no podría regresar a la judicatura hasta dentro de cinco años, tal y como confirma la decisión que tomó ayer la Sala de lo Penal.

Gómez de Liaño basó su recurso de súplica contra el auto de la Sala que denegó su indulto en que parte de la condena no ha sido cumplido, concretamente, que no ha sido apartado de la carrera judicial. Este fue uno de los argumentos que la Sala empleó para denegar el indulto, pues la aplicación del derecho de gracia no puede realizarse sobre condenas ya ejecutadas.