La Sala de lo Penal del Supremo desestimó ayer el recurso de
súplica que presentó el ex magistrado contra la decisión de esta
misma Sala de suspender el indulto concedido por el Gobierno,
rechazando así el reingreso del ex juez en la carrera judicial. El
presidente de la Sala, Luis Román Puerta, que en su día votó en
contra de la suspensión del indulto, emitió un voto particular,
favorable otra vez más a los intereses del magistrado condenado por
prevaricación.
Los tres componentes del tribunal, Luis Román Puerta, José
Antonio Martín Pallín y Enrique Bacigalupo firmaron el auto por el
que se rechaza el recurso de súplica presentado por Liaño el pasado
24 de enero. El tribunal notificó ayer a las partes implicadas su
decisión y hoy se conocerá el texto íntegro de la sentencia, aunque
ya se sabe, gracias a la escueta nota que hizo pública la Sala, que
no se podrá recurrir.
El presidente de la Sala, Román Puerta, tal y como ya hizo
cuando la Sala Segunda del Supremo decidió anular el indulto del
Gobierno a Liaño, emitió un voto particular, en el que se mostró a
favor de que se estimara el recurso, y por tanto se permitiera el
reingreso en la carrera judicial del magistrado, tal y como se
establecía en el indulto del Gobierno. Esta misma Sala decidió
suspender el indulto concedido a Gómez de Liaño en la reunión que
mantuvo el pasado 8 de enero, con ocho votos a favor y seis en
contra. De esta forma, Liaño no podría regresar a la judicatura
hasta dentro de cinco años, tal y como confirma la decisión que
tomó ayer la Sala de lo Penal.
Gómez de Liaño basó su recurso de súplica contra el auto de la
Sala que denegó su indulto en que parte de la condena no ha sido
cumplido, concretamente, que no ha sido apartado de la carrera
judicial. Este fue uno de los argumentos que la Sala empleó para
denegar el indulto, pues la aplicación del derecho de gracia no
puede realizarse sobre condenas ya ejecutadas.
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