La Audiencia Nacional ha suspendido cautelarmente la multa de 57
millones de euros, la más alta de la historia, impuesta a
Telefónica por el Tribunal de Defensa de la Competencia por
considerar que su pago inmediato causaría perjuicios en sus
actividades de carácter muy grave.
Según fuentes de Telefónica, la Audiencia Nacional justifica la
suspensión cautelar, entre otras cosas, en el hecho de que
Telefónica de España ha probado de forma suficiente que el pago
inmediato supondría un grave perjuicio. No obstante, Telefónica
deberá depositar un aval por importe de 57 millones de euros,
mientras se resuelve el recurso que esta operadora presentó por
esta multa.
El Tribunal de Defensa de la Competencia impuso la multa en
abril pasado por considerar que Telefónica de España había puesto
trabas al proceso de preselección de llamadas, lo que suponía
«afectar gravemente al proceso liberalizador».
La denuncia había sido interpuesta por la Asociación de Empresas
Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones, ASTEL, en
diciembre de 2000, al considerar que la compañía dificultaba la
preselección de llamadas por parte de sus clientes.
La preselección permite que un cliente de Telefónica -que paga
periódicamente la cuota de abono mensual al antiguo monopolio-
pueda llamar desde su teléfono fijo a través de otras operadoras
sin tener que marcar un prefijo previo. La sentencia afirmaba que
la conducta de Telefónica fue «abusiva» y que la operadora «no
estuvo a la altura de la especial responsabilidad que incumbe a
quien ostenta una posición dominante, al reaccionar de forma
desleal y desproporcionada».
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