El dirigente y portavoz de la ilegalizada Batasuna, Arnaldo Otegi, no tendrá que ir a prisión por ahora.

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El Tribunal Supremo (TS) anuló ayer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que en el 2004 condenó al portavoz de la ilegalizada Batasuna, Arnaldo Otegi, a 15 meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo durante el entierro de una etarra y acordó ordenar la repetición del juicio.

Así lo decidió, por unanimidad, la Sala de lo Penal del Supremo tras estudiar el recurso de casación interpuesto por Otegi contra la citada condena, según informa el Alto tribunal, que explica que la sentencia se dará a conocer la próxima semana.

La decisión de que se repita el juicio ante una nueva Sala del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) se debe a que estiman que «existe vulneración del derecho al juez imparcial al haber intervenido de forma relevante en el trámite procesal anterior al juicio dos de los magistrados que dictaron la sentencia».

Otegi fue juzgado por su participación el 30 de julio del 2001 en los funerales por Olaia Castresana, fallecida en Torrevieja (Alicante) al estallar los explosivos que manipulaba en un piso, y fue condenado por el TSJPV a 15 meses de cárcel y ocho años de inhabilitación.

El ex parlamentario de Batasuna, que portó el féretro de Castresana en el acto celebrado en el cementerio de Polloe pidió «un aplauso para todos los gudaris (soldados vascos) que han caído en esta larga lucha por la autodeterminación». La sentencia del TSJPV dio por sentado que el acusado no se limitó a opinar sino que eligió la tesis de que la lucha armada de la organización terrorista ETA «resulta indispensable (..) para lograr la autodeterminación».