La Justicia español no seguirá investigando la muerte en Irak del
cámara de Telecinco José Couso. La Sección Segunda de lo Penal de
la Audiencia Nacional decidió ayer archivar las diligencias previas
abiertas en el Juzgado Central de Instrucción número 1. El motivo,
que fue «un acto de guerra». El tribunal revocó además la orden de
busca y captura que dictó su titular, el juez Santiago Pedraz,
contra los tres militares que participaron en el disparo del tanque
que acabó con la vida del cámara.
Según la resolución de la Sección Segunda de lo Penal, el
disparo del proyectil de un tanque norteamericano que acabó con las
vidas de Couso y del cámara ucraniano de Reuters Taras Protsyuk «no
se trata de un acto intencional doloso de causar la muerte de dos
personas civiles protegidas, sino de un acto de guerra realizado
contra un enemigo aparente, erróneamente identificado».
El tribunal no ve intencionalidad dolosa o incluso la figura del
asesinato, que es «el dolo directo de matar a personas civiles, que
lo hace incompatible con la imprudencia». La sentencia recuerda que
es público que había enfrentamientos violentos «por el control del
estratégico puente Jamurohara» entre las tropas estadounidenses y
la Guardia Republicana iraquí «para la culminación de la toma de
Bagdad».
«En este contexto de guerra violenta y peligrosa, la
intervención de las comunicaciones iraquíes ponen en alerta al
Ejército americano que desde el Hotel Palestina existe una unidad
iraquí desde la que se dirige el tiro de su artillería contra las
unidades norteamericanas», añade la sentencia.
Según el relato realizado, tras su «aparente localización», se
produce «un único y directo disparo contra lo que parece ser un
puesto de observación y dirección de tiro, con tan mala fortuna que
en el punto al que se dirigió el proyectil se encontraban los dos
camarógrafos», uno de ellos el de Telecinco, José Couso, que murió
horas después.
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