La Audiencia Nacional condenó ayer a diez años de cárcel a Juan María Olano, Julen Zelarain y Aitor Angel Jugo, máximos dirigentes de Gestoras Pro Amnistía, por pertenencia a banda terrorista. Otros 18 miembros de la organización de apoyo a presos etarras fueron condenados a ocho años de cárcel y los otros seis integrantes juzgados fueron absueltos. En su sentencia el tribunal declara la ilicitud de Gestoras y de su sucesora, Askatasuna, y ordena su disolución.
Además, señala que entre sus funciones estaba la de marcar objetivos de ETA y trasladar órdenes de la banda a los presos e incluso asegura que sin su labor ETA estaría «debilitada» o podría haber «desaparecido». Tras hacer público el fallo, el tribunal ordenó el ingreso en prisión de 12 de los condenados, entre ellos los tres máximos dirigentes de Gestoras, y decretó la busca y captura de Joseba Iñaki Reta, ausente en la lectura de la sentencia.
Fue la presidenta de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, Teresa Palacios, la que dio lectura a la sentencia que condena a 21 de los 27 integrantes de Gestoras enjuiciados en el proceso que se inició el pasado 21 de abril y se prolongó hasta el 18 de junio en las instalaciones de la Audiencia en la Casa de Campo. «Debemos declarar y declaramos la ilicitud de Gestoras Pro Amnistía y de Askatasuna y acordamos su disolución», proclamo la jueza.
La sentencia, acordada por unanimidad por los tres magistrados que componen el tribunal, define a Gestoras, y a su sucesora Askatasuna, como una organización terrorista que busca «derrocar» al Estado español en el País Vasco y «la permanencia en el tiempo de ETA». Descarta que a este colectivo le moviera la preocupación por los presos y sus familias -poniendo como ejemplo la postura de Gestoras ante casos de arrepentimiento o reinserción de reos etarras- y afirma que se dedicaba simplemente «a lo que ETA dijo que le correspondía», es decir, «la sensibilización social» y a mantener la «cohesión» de la militancia de la banda terrorista.
Y entre las labores específicas de Gestoras el tribunal enumera varias: señalar objetivos a la banda terrorista ETA, hacer llegar instrucciones a los presos de la banda, informar a ésta sobre el desarrollo de procesos judiciales, convocar homenajes y jornadas de lucha y contribuir a la salida del País Vasco de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
En cambio, para la Audiencia «no consta» que coordinara las acciones de 'kale borroka' ni que entre sus actividades estuviera la de captar «a personas para que pasen a integrarse en ETA», como sostenía la acusación.
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