En un auto el magistrado acuerda no admitir a trámite el recurso de apelación que la entidad interpuso contra su decisión de no disminuir la cuantía por un total de 541.192,34 euros.
Bankia reclamó a Andreu esta reducción una vez la Sala de lo Penal redujo drásticamente de 800 a 34 millones la fianza que debía prestar el grupo, su expresidente y los exconsejeros José Manuel Fernández Norniella, José Luis Olivas y Francisco Verdú, al considerar que solo se podía tener en cuenta lo reclamado por los accionistas personados en la causa.
Y lo hizo alegando que, al hacer ese cálculo, el tribunal incluyó a dos inversores que adquirieron los títulos fruto del canje de preferentes y deuda subordinada, «hecho que no es objeto del presente procedimiento», que está delimitado a los que compraron acciones en la Oferta Pública de Suscripción (OPS).
Sin embargo, Andreu denegó mediante una providencia acceder a esta petición, ya que él no puede modificar las resoluciones dictadas por su instancia superior, la Sala de lo Penal, motivo por el que la entidad recurrió en apelación a finales de junio.
Ahora, el juez se ha negado a dar trámite a ese escrito y los documentos que le acompañaban porque la providencia recurrida «no se encuentra dentro de lo previsto para las resoluciones susceptibles del recurso de apelación» en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
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