TW
0

El presidente de ERC y exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y el diputado de ERC en el Parlament y exconseller Raül Romeva han pedido a la Sala Penal del Tribunal Supremo su puesta en libertad provisional porque ya no forman parte del Govern y no pueden incidir en él, con lo que no hay riesgo de reiteración delictiva.

En el escrito del abogado Andreu Van den Eynde se resalta que Junqueras lleva 257 días en prisión provisional y Romeva 115 días, y se solicitan unas medidas menos gravosas para ellos como las comparecencias diarias, el control policial, los dispositivos de rastreo telemático o la prisión domiciliaria, entre otros.

Van den Eynde asegura que los dos exmandatarios ya no forman parte del Govern y que «éste está actualmente desarrollando su actividad con normalidad». «La soltura de mis mandantes no puede incidir en lo más mínimo en actuaciones de gobierno que pudieran remotamente asimilarse a los ilícitos por los que se ha procesado. No hay riesgo de reiteración delictiva relevante», alega.

En el plano personal, resalta que la reclusión está afectando sobre todo a sus esposas e hijos menores de edad, y recuerda «la necesidad de hacer esfuerzos para evitar afectar a dicha relación paterno-filial en la medida de lo posible dada la situación de prisión».

También alega a que el derecho de defensa se vería facilitado si estuvieran en libertad para poder preparar una causa compleja, además de que así se evitaría la estigmatización de los procesados que, si se mantiene su prisión provisional, habrán de acudir cada día a la vista desde prisión. «Dicha situación no sólo afectaría a su consideración pública nacional e internacional, sino directamente a su presunción de inocencia, amén de suponer un inmerecido calvario de traslados.

No es lo mismo acudir a un Juicio Oral de pocas sesiones y en situación de libertad, que a múltiples sesiones estando cada día en prisión», argumentan.

Para sustentar su petición de medidas menos restrictivas citan el artículo 9 del Pacto de Derechos Políticos y Civiles, la regla 6 de las Reglas de Tokio, y la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos 'Ladent contra Polonia' de 2003.