En la sentencia, el tribunal señala que la legionaria «no ha acreditado ni probado que se esforzara lo suficiente» por probar todas las alternativas posibles «para que alguien se hiciera cargo de su hija de 18 meses».
La Sala considera que los requisitos de inevitabilidad e inminencia del mal que se trataba de evitar «no concurren en el presente supuesto», ya que ha quedado acreditado que la Dama Legionaria conocía «con la suficiente antelación», una semana, el nombramiento de servicio, «tiempo suficiente» para estudiar alternativas que pudieran evitar el conflicto de derechos y obligaciones.
El fallo añade que «no ha acreditado ni probado que se esforzara por probar todas las alternativas posibles para que alguien se hiciera cargo de su hija y que este despliegue de alternativas fuera infructuoso», por lo que no se advierte que el conflicto entre el mal propio que trataba de evitar y la infracción del deber generador de su responsabilidad disciplinaria penal «no surgió de forma inesperada» ni se creó «de manera inminente» la situación de peligro del bien jurídico que se trataba de salvaguardar «ni probara que había intentado todos los medios posibles para que alguien cuidara de su hija».
Por otra parte, la Asociación de Tropa y Marinería Española (ATME), cuyo gabinete jurídico recurrió la sanción al referido tribunal, ha lamentado que esta sentencia «impide» la conciliación familiar y argumenta «un razonamiento absurdo» ya que «se pronuncia a valorar el esfuerzo de una madre por dejar a su hija con alguien extraño, por tener que acudir a un acto».
En un comunicado, ATME ha censurado que la administración militar «siga sometida» a una justicia «corporativista» y «alejada de la realidad social y los derechos».
«Parece mentira que hace unos meses se celebrara a bombo y platillo la integración de las mujeres en las Fuerza Armadas, que se hable de la conciliación familiar y profesional en las Fuerzas Armadas como un ejemplo a seguir y un Tribunal Militar, sea capaz de pronunciarse de semejante manera», ha concluido la asociación.
3 comentarios
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No escogistes la mejor profesión muchacha, el ejército es el ejército, punto y aparte.
Tuvo tiempo más que suficiente como para buscarse un@ canguro, que no venga ahora con el rollo de la reconciliación familiar. O estás en el ejército o estás con tu hija, todo a la vez no puede ser. La sentencia está ajustada a derecho por mucho que le pese a la ATME.
Que no estamos en guerra...y a ver cuando reconquistamos Gibraltar?