La sentencia responde a cuestiones prejudiciales sobre la concatenación de contratos temporales en la sanidad madrileña. En concreto, el TUE resuelve que el hecho de que un empleado público con contrato de duración determinada haya consentido la renovación sucesiva del mismo no significa que su situación laboral ya no pueda ser considerada como abusiva.
Así, remarca que «el hecho de que el empleado público de que se trate haya consentido el establecimiento o la renovación de dichas relaciones no priva de carácter abusivo» y «no lleva a que el Acuerdo Marco (sobre el Trabajo de Duración Determinada) no sea aplicable a la situación de ese empleado público».
El objetivo de esta normativa, añade el fallo, es «establecer límites a la utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada» y se basa en la premisa de que «el trabajador puede ser víctima de una utilización abusiva (...) aun cuando el establecimiento y la renovación de esas relaciones laborales se hayan consentido libremente».
En la misma línea, subraya que el Acuerdo Marco «carecería completamente de todo efecto útil si se privara a los trabajadores con contrato de duración determinada de la protección que esta les otorga por el mero hecho de que hayan consentido libremente la celebración de sucesivos contratos».
Para resolver esta situación, el TUE apunta que la normativa «no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido», pero añade que los Estados miembros deben contar con «otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada».
De esta forma, concluye que corresponde a los tribunales nacionales «apreciar» si la organización de procesos selectivos para ocupar definitivamente las plazas, la transformación de dichos empleados públicos en «indefinidos no fijos» y la concesión a estos empleados públicos de una indemnización «equivalente a la abonada en caso de despido improcedente» son «medidas adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos» derivados de la utilización de sucesivos contratos temporales.
El tribunal de Luxemburgo responde así a las cuestiones prejudiciales acumuladas sobre dos asuntos relativos la sucesión de contratos en el Servicio Madrileño de Salud (Sermas). El primer asunto involucra a un informático que, después de trabajar durante 17 años para el Sermas como interino con contratos sucesivos renovados, pidió que se reconociera la condición de empleado público fijo, pero se le fue denegada.
El segundo asunto también involucra a varios trabajadores del Sermas que eran personal estatutario interino, en este caso en la categoría de Facultativos Especialistas Odontólogos. Estos empleados ocuparon puestos de sustitución, eventual e interinidad con contratos temporales durante periodos entre los 12 y los 17 años. También reclamaron a la Comunidad de Madrid que se les reconociera la condición de empleado público fijo, pero la solicitud fue desestimada.
En su sentencia, el TUE remarca que, según los juzgados remitentes, existe «un problema estructural en la sanidad pública española» que se traduce en «un elevado porcentaje de empleados públicos temporales y en el incumplimiento de la obligación legal de proveer de manera permanente las plazas ocupadas temporalmente por dicho personal».
En la práctica, añaden a continuación los jueces europeos, los contratos temporales sucesivos de los empleados públicos «no respondían a meras necesidades provisionales de la Comunidad de Madrid», sino que «tenían por objeto atender necesidades permanentes y estables en materia de personal del Servicio de Salud de esta comunidad».
11 comentarios
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Con el Coronavirus hemos topado!! Se acabó, olvídense de oposiciones en muuuuuuuucho tiempo!!
Enchufados en el ayuntamiento de palma , como IME, EMT, IMI, EMAYA etc a opositar como todo el mundo.
El que ha trabajado tres años seguidos en realidad ya no es interino, es indefinido. Eso es lo que dice la LEY. Que sea indefinido no significa que sea fijo, pero tiene derecho a idemnización por despido como cualquier trabajador según el tiempo trabajado.
Ja era hora, que tots aquests enxufats que duen 15 anys fent feina , sense cap criteri de selecció i suspenent opsicions i a damunt queixat-se , deixin lloc a gent que sí vol opositar, gent molt preparada amb anys d’estudi i que està a l’atur sense cap oportunitat de fer feina.
Que le pregunten a la ex consellera que tiene un contrato de interinidad en IBANAT a ver si quiere que se saque a oposición. Y después, cuando entren "los otros" y la echen, por amortizar la plaza, los tribunales de lo social dirán que el despido es nulo, conclusión: un currículum presentado a través del SOIB y trabajo público para toda la vida. No se entera la oficina anticorrupción de estas maniobras?
Y los aprobados sin plaza?
? Consentir el empleado la reiteración de nombramientos interinos ?. !! No solo los consienten, los propician y maniobran para obtenerlos, en algunos casos en un contexto corrupto por no mediar convocatoria, proceso selectivo ni factor objetivo, sino mero enchufismo.
Es tan fácil como hacer cumplir al LEY. Y convocar oposiciones con mas frecuencia. Que pasa??? que si cumplen la LEY, como enchufan a gente. Que creen oposiciones, ahora no claro, pero para los próximos dos años, y aquel que no apruebe y ya lleve 5 años como interino, que no pueda seguir. Asi se consigue mas movimiento, mas oposiciones, por que or: llevo 15 años y ahora me dicen que no sigo. Yo les diría, ha habido Oposiciones, pocas, pero ha habido, muchos ni se presentan o no aprueban, pero siguen. Y si existe alguna profesión ESPECIAL se decreta una normativa para esa profesión especial, pero es que hablamos de Administrativos, gente con trabajos que hay cientos, …, .., en fin, OPOSICIONES, todos tenemos derecho a poder obtar a una plaza en la administración. Además cuando un firma la interinidad sabe perfectamente que es temporal hasta que se convoquen oposiciones o eliminen su plaza porque ya no hace falta.
Samu, aquesta sentencia es perfectament aplicable a qualsevol interino de l'Administració Pública, si parla dels Sanitaris es perque les demandes vengueren d'aquests professionals.El problema es que no crec que siguin capaços d'implementar messures per refer aquest desastre
Cómo? Que Europa corrige a la justicia española? No puede ser jajajajajaja