Una de las modificaciones más llamativas es la sustitución del actual dispositivo de señalización de peligro V-16, consistente en dos triángulos colocados delante y detrás del vehículo inmovilizado, por un dispositivo luminoso de color amarillo que se colocará en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado, que será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026.
Por otro lado, la operación de auxilio en carretera (reparación o retirada) deberá realizarse de la forma más segura posible para todos los usuarios de la vía, nunca en el lado contiguo al flujo de tráfico, y los operarios deberán comunicar por medios telemáticos a la autoridad competente en materia de Tráfico el geoposicionamiento del vehículo detenido para su publicación en el Punto de Acceso Nacional en materia de Tráfico y Movilidad.
Respecto a las sanciones, los puntos más importantes de esta reforma, son los siguientes:
-Aumentan de tres a seis los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano el móvil. Se mantiene la multa de 200 euros.
-Se eleva de tres a cuatro los puntos que se restan por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, se sanciona el mal uso de estos elementos como llevar mal puesto el casco o el cinturón sin abrochar.
-Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros aunque se desactiven será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de tres puntos.
-Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir se considerará una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y 6 meses sin poder presentarse de nuevo.
-Los turismos o motocicletas no podrán rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales al adelantar a otros vehículos.
-La realización de cursos de conducción segura, certificados por la Dirección General de Tráfico, permitirán recuperar y/o bonificar puntos del carné de conducir.
-Antes de que un conductor sancionado pueda recuperar el saldo inicial, tendrán que pasar 2 años sin ser penalizado por una nueva infracción que conlleve la pérdida de puntos.
-Las empresas de transporte de personas y mercancías podrán acceder al Registro de Conductores para conocer si un trabajador tiene vigente el permiso de conducir. Se informará con un rojo o un verde, en función de si el carné está en vigor o no.
4 comentarios
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Fumadores: recuerden que tirar la colilla por la ventanilla, además de un grave peligro y definirte como persona, son cuatro puntos y multa si te pillan.
No me trago a esta gran mayoría que conduce hablando con el móvil. Debería haber más cámaras y radares para detectarlos pero no quitarles puntos. Como pueden provocar un accidente mortal y deberían ser condenados a prisión ineludible, por algo así como "intento de homicidio imprudente".
El objetivo siempre es la recaudación. Nunca la protección, la educación o el bienestar. Por eso no se premia Antoni, se castiga.
Nunca habla de los que tenemos todos los puntos de darnos más por conductores ejemplares ni ningún reconocimiento? Por qué se bonifica a los que lo han hecho mal y se les da opciones de recuperar puntos y el carné y a los buenos conductores no? Este país como siempre, beneficiando a los infractores y que no respetan las normas antes que a los que lo hacen correctamente!!