El Ministerio Público ha enviado al TC sus alegaciones al recurso formulado por el Senado, indicando que, a su entender, la queja de la Cámara Alta está bien fundada. A juicio de la Fiscalía, la suspensión del debate y la votación parlamentaria de dichas enmiendas se adoptó con premura y sin precedente alguno. En este sentido, alerta del peligro de que la actuación de la corte de garantías haya establecido un precedente.
Además, interesa que se abra un incidente de recusación contra González-Trevijano y Narváez, los dos magistrados a los que primero Unidas Podemos (UP) y después el PSOE pidieron apartar de la deliberación sobre las medidas cautelarísimas solicitadas por el PP en su recurso de amparo contra dichas enmiendas. Para 'morados' y socialistas, tienen un «interés directo» porque, de aprobarse, serían sustituidos por los candidatos del Gobierno al TC: Juan Carlos Campo y Laura Díez.
En el Pleno extraordinario del pasado lunes, el TC decidió por 6 votos frente a 5 que no era el momento procesal oportuno para estudiar las recusaciones planteadas por ambos partidos, lo que le permitió avanzar en el estudio de las otras cuestiones que tenía encima de la mesa, admitiendo a trámite el recurso del PP y suspendiendo con carácter urgente la tramitación parlamentaria de las dos enmiendas.
La Fiscalía cree que, «aceptada la personación de dichas partes, y también abierto el proceso, y con ello establecida la relación jurídico-procesal que operaba como óbice para el tratamiento de dichas cuestiones», ya es «procedente que el Pleno del tribunal aborde su tratamiento, con carácter previo a resolver sobre la pretensión del Senado y a cualquier otro trámite procesal subsiguiente que haya de llevarse a cabo».
Para el Ministerio Fiscal, «la incuestionable vinculación directa de los citados miembros del Pleno con el objeto de tramitación parlamentaria sobre la que se proyecta el recurso de amparo (...) sustenta razonablemente, 'a priori', dicha pretensión de recusación (...) por resultar objetivamente incuestionable la incidencia automática de dicha norma en la situación personal/profesional de ambos, en caso de que llegara a aprobarse».
En su opinión, esta circunstancia, «al margen de cualquier valoración acerca de la disposición psicológica de los afectados, constituye un factor innegablemente condicionante de la apariencia de imparcialidad que de manera constante y enfática viene invocando, como factor esencial, tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como la del propio Tribunal Constitucional». No obstante, la Fiscalía lamenta que haya tenido que pronunciarse sin poder conocer la fundamentación jurídica de las decisiones adoptadas el pasado lunes por el TC, ya que de momento solo se ha difundido la parte dispositiva del auto, no su contenido íntegro.
Eso, recalca el Ministerio Público, le impide «valorar con la deseable precisión» no solo «el fundamento de la pretensión impugnatoria formulada por la representación procesal del Senado, sino también de la premura que circunstancialmente concurre en la singular tramitación -en cuanto carente de precedentes en el recurso de amparo parlamentario- de todo el procedimiento».
Esta misma tarde, UP ha presentado sus propias alegaciones para apoyar igualmente el recurso del Senado y volver a pedir la abstención y, en su caso, recusación de González-Trevijano y Narváez, solicitante expresamente que se estudie antes de la impugnación en sí misma y que, esta vez, dichos magistrados no participen del debate sobre su eventual apartamiento. Cabe recordar que, de admitirse las recusaciones, cambiaría el equilibrio de fuerzas en el Constitucional.
Actualmente, hay una mayoría conservadora de 6 magistrados, en la que se integran González-Trevijano y Narváez, y una minoría progresista de 5, por lo que, si son apartados, estos últimos podrían imponerse a los primeros. El objetivo del Senado, según refleja en su recurso de súplica, al que ha tenido acceso Europa Press, es intentar llegar a tiempo para su Pleno de mañana, cuando está previsto que se debata y vote la proposición de ley donde inicialmente se incluían las enmiendas impugnadas por el PP. Si el TC le da ahora la razón, fuentes parlamentarias explican que el Pleno de la Cámara Alta podría retrasarse para que la Comisión de Justicia las vuelva a incorporar al texto.
2 comentarios
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Cada vez que oigo o leo que la fiscalía pide algo. Me acuerdo de la frase de Pedro Sanchez. ¿De quien depende la fiscalía?. Pues eso, la justicia a las órdenes del Presidente.
Si un presidente no gana las elecciones pero se niega a abandonar su cargo obviamente de democracia se convertiría en una dictadura ¡Pues sucede exactamente lo mismo con el CGPJ y el TC! que una vez acabado su tiempo deben salir y dejar su cargo, pero se niegan manteniéndose en esos, contradiciendo lo que la Constitución indica en Título VI. Del Poder Judicial - Articulo 122.3, para el CGPJ que lo deja claro ¡¡Cinco años! sin peros ¡Y punto final! y ahora cuenten desde el 11 de Diciembre de 2013 hasta el 21 de Diciembre de 2022 ¡¡SON NUEVE AÑOS Y DIEZ DÍAS Y SE NIEGAN A ABANDONARLO!!. No no es culpa solo del PP, sino del propio Presidente del CGPJ, porque si acatase la Constitución y dimitiera, este se debería renovar. Igual sucede con el TC, que indica en la Constitución Española - Título IX. Del Tribunal Constitucional - Articulo 159.3: "Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres" o sea cada tres años cuatro magistrados se deben ir ¡¡Y no se van!! y llevan 9 meses caducados en sus poltronas, entre ellos el presidente y encima votan una reforma por la cual ellos mismos se ven que pueden salir, más claro votan ellos una recusación contra ellos y asaltan al Parlamento Judicial en el Senado. ¿Hay alguna duda "Es o no una dictadura de los de la Toga"?