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M. BAUÇÀ/J. MESTRE La sentencia del TSJB estima que el procedimiento administrativo por el que sa Talaiola de Santanyí fue considerada suelo apto para urbanizar fue irregular. El fallo de los magistrados, fechado el pasado día 15 de febrero, da la razón al PSM y GOB. Nacionalistas y ecologistas presentaron en 1996 un contencioso-administrativo contra la anterior decisión del Consell de Mallorca, que con los votos del PP y UM rechazó un recurso contra el acuerdo que daba luz verde a la urbanización y el campo de golf de sa Talaiola.

La habilitación del suelo urbanizable de sa Talaiola fue aprobado por la Comissió Insular d'Urbanisme en abril de 1995. Esta decisión daba pie a la construcción de un campo de golf de 18 hoyos y 93.980 m2 edificables, con una población máxima de 1.828 habitantes, de los que 600 eran plazas hoteleras.

Los magistrados han argumentado que el recurso del GOB y el PSM estaba fundamentado porque había diferentes informes técnicos, urbanísticos y jurídicos del propio Consell de Mallorca que aconsejaban no aprobar esta modificación puntual del planeamiento urbanístico de Santanyí porque en el fondo se trataba de una revisión de las Normas Subsidiarias. Pese a la aprobación inicial de sa Talaiola, este proyecto ha quedado en el alero y, por el momento, no puede ser ejecutado. El golf y urbanización de sa Talaiola están integrados en la moratoria que aprobó el Consell de Mallorca en mayo del 99 y que luego fue ratificada con motivo de la llegada al poder del Pacte de Progrés.