El Club Náutico de s'Estanyol está obligado a readmitir a los
socios Damià Verger, Coloma Ramon, Josep Buades y Maties Buades,
expulsados en agosto de 1996 por la directiva de forma irregular.
Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13
de Palma, declara nula «la resolución adoptada por la junta
directiva» del club, en la que aprobó la expulsión de los cuatro
socios al entender que tal acuerdo fue «contrario al ordenamiento
jurídico, a la Ley y las prescripciones de los estatutos». Esta
sentencia del pasado día 5 puede ser recurrida.
La expulsión de los cuatro socios ya fue tratada anteriormente
por el Comité Balear de Disciplina Deportiva, la Audiencia
Provincial y el Tribunal Constitucional, que acordó en octubre de
2000 que el expediente debía ser resuelto en un juzgado de primera
instancia, como así ha sido. En la sentencia, el juez dice que «la
simple lectura de la relación de los supuestos hechos imputados a
sus clientes, obliga a concluir que es imprecisa, genérica,
difuminada e inconcreta». El fallo también manifiesta que «los
estatutos del club demandado no son precisamente un alarde de
concreción y claridad».
Por último, el juez recuerda numerosos autos y sentencias
anteriores que declaran la nulidad de acuerdos adoptados por el
club porque tampoco respetaron la legislación. Asimismo, señala que
el presidente del club y su junta directiva demuestran una «actitud
prepotente y arbitraria» contra unos socios disidentes que «vienen
repetidamente obteniendo resoluciones favorables por parte de
distintos tribunales».
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