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El Club Náutico de s'Estanyol está obligado a readmitir a los socios Damià Verger, Coloma Ramon, Josep Buades y Maties Buades, expulsados en agosto de 1996 por la directiva de forma irregular. Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Palma, declara nula «la resolución adoptada por la junta directiva» del club, en la que aprobó la expulsión de los cuatro socios al entender que tal acuerdo fue «contrario al ordenamiento jurídico, a la Ley y las prescripciones de los estatutos». Esta sentencia del pasado día 5 puede ser recurrida.

La expulsión de los cuatro socios ya fue tratada anteriormente por el Comité Balear de Disciplina Deportiva, la Audiencia Provincial y el Tribunal Constitucional, que acordó en octubre de 2000 que el expediente debía ser resuelto en un juzgado de primera instancia, como así ha sido. En la sentencia, el juez dice que «la simple lectura de la relación de los supuestos hechos imputados a sus clientes, obliga a concluir que es imprecisa, genérica, difuminada e inconcreta». El fallo también manifiesta que «los estatutos del club demandado no son precisamente un alarde de concreción y claridad».

Por último, el juez recuerda numerosos autos y sentencias anteriores que declaran la nulidad de acuerdos adoptados por el club porque tampoco respetaron la legislación. Asimismo, señala que el presidente del club y su junta directiva demuestran una «actitud prepotente y arbitraria» contra unos socios disidentes que «vienen repetidamente obteniendo resoluciones favorables por parte de distintos tribunales».