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C. MORENO/E.BALLESTERO
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma ha ordenado la inmediata paralización y clausura de la actividad de una antena de telefonía móvil situada en el número 1 de la calle Jaume I de la localidad de Muro. De hecho el pasado 26 de febrero de 2002 una resolución de Alcaldía del Ajuntament ya ordenó la inmediata paralización y clausura de esta actividad. La impugnación presentada por el demandante se basa en la «innecesariedad de solicitar licencia de actividad clasificada por entender que al ostentar título de habilitación para la prestación de un servicio público de titularidad estatal como lo es el de telefonía móvil no precisa de esta licencia». Asimismo, admite que no ha solicitado la licencia y que, por tanto, carece de esa autorización.

En la sentencia se expone que «para poder ejercer estas actividades es necesario obtener del Ajuntament la licencia de instalación y de apertura», y añade que «en ningún caso podrán otorgarse licencias municipales provisionales ni de instalación, ni de apertura y funcionamiento». La falta de licencia de actividad comporta, según la juez, que la Administración y el alcalde del Ajuntament ordenen el cierre de esta actividad clandestina, todo ello para salvaguardar los intereses públicos de los ciudadanos.