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La Audiencia de Baleares ha multado con 600 euros a una vecina de Marratxí que realizó una conexión fraudulenta a la red de suministro de agua en venganza porque la compañía no le devolvía un importe que le había cobrado de más.

La sección segunda del tribunal provincial ha estimado parcialmente el recurso de la vecina contra una sentencia anterior que la había condenado a pagar una multa de 4.500 euros y a indemnizar a la compañía de aguas con 858 euros, y la condena a una multa de 600 euros además de la responsabilidad civil.

La sentencia considera probado que la mujer sufrió a principios de 2013 el cobro de un importe inusualmente elevado de consumo de agua por una fuga, reclamó y consiguió que la compañía le rectificara una de las dos facturas afectadas pero le denegara la segunda a pesar de que la avería aún no estaba reparada.

Tras el enfado con la empresa suministradora, la mujer contrató la realización de una conexión ilegal desde una apertura en la pared de su casa a la tubería de suministro de agua situada antes de su contador, de manera que pudo utilizar, además del caudal debidamente registrado, otro sin control y sin pagar su precio, hasta que la empresa suministradora detectó el fraude a finales de 2014.

La vecina recurrió la sentencia alegando que el importe de la defraudado fue inferior a 400 euros y por tanto no se trata de un delito. La defensa de la mujer calculó la defraudación en 339 euros, mientras la empresa suministradora, que también recurrió el fallo judicial, lo cifró en 9.049 euros.

La sección segunda de la Audiencia de Palma considera que en este caso no hay prueba pericial que «arroje luz sobre la concreta cuantía defraudada», ya que la primera sentencia sitúa el inicio del fraude en una fecha indeterminada, entre abril o marzo de 2013.

La sala indica que los hechos deben considerarse una falta porque «no puede afirmarse fuera de toda duda razonable que el fraude, aún habiéndose dado con toda certeza, haya superado la cuantía de 400 euros».