El Consell de Mallorca suprimió la ART prevista inicialmente después de que el Govern acordara en 2008 proteger Cala Carbó. Entendía que ya no tenía sentido trasladar una edificabilidad inexistente al Ullal y dio carpetazo a la fórmula inicial. Varios propietarios le denunciaron.
El TSJB exime ahora al Consell de indemnizar a un propietario de una finca de Cala Carbó que le reclamaba una compensación de 338.435 euros tras la supresión de la citada ART. En enero de 2017 el Juzgado de lo Contencioso Anministrativo de Palma ya le eximió de pagar más de un millón de euros por el mismo motivo.
En ambos casos los jueces interpretan que si se hubiera producido un perjuicio para los propietarios no le correspondería al Consell asumir el coste de las indemnizaciones, porque, cuando el Consell suprimió el trasvase de la edificabilidad de Cala Carbó al Ullal eliminando la ART prevista, la pérdida del aprovechamiento urbanístico de Cala Carbó ya se había producido. La desclasificación de Cala Carbó es consecuencia directa de una medida acordada por el Govern.
El Consell celebra la nueva sentencia del TSJB, que no recurrirá a pesar de que tendrá que compartir los gastos judiciales.
3 comentarios
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¿Pero como se puede construir en esa ladera? El propietario debería de estar en Prisión, la construcción derruida y quien dio los permisos inhabilitados de por vida
El titular hauría de dir, els contribuents de Mallorca no haurem de indemnitzar als promotors urbanístics per protegir del formigó el nostre territòri
Y digo yo, señores periodistas el consell somos todos o no???