La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha hecho pública una
sentencia en la que señala que los touroperadores están obligados a
pagar a los hoteleros íntegramente las plazas reservadas finalmente
no ocupadas.
Así, dicha sentencia del Supremo desestima el recurso de
casación interpuesto por la compañía Viajes Halcón contra la
sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla el pasado
mes de noviembre, que condenó a la empresa, del grupo Globalia, a
pagar 26'6 millones de pesetas a Cornisa de Aljarafe.
Viajes Halcón fue condenado a pagar en un principio 17 millones
a la inmobiliaria Cornisa de Aljarafe, propietaria de la
urbanización Complejo Salteras en la provincia de Sevilla, por no
abonar las plazas turísticas reservadas que finalmente no fueron
ocupadas. A continuación, tras recurrir ambas partes, la Sección
Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla dictaminó el pago de
26'6 millones de pesetas más costas a la empresa de viajes.
El Tribunal Supremo señala que «bastaría con que la compañía
Viajes Halcón hubiera hecho la reserva de plazas hoteleras para que
contrajera la obligación de abonarlas, con independencia de su
ocupación real, y que no podía ser de otra manera, ya que sostener
la tesis contraria podría originar un sensible quebranto económico
a la entidad Cornisa de Aljarafe».
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