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El Consejo de Ministros aprobó ayer la remisión a las Cortes Generales del proyecto de ley que modifica la Ley General de Publicidad, para incluir en ella la regulación completa de la figura de la publicidad comparativa.

La modificación viene exigida por la necesidad de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico una Directiva comunitaria del año 1997.
La publicidad comparativa alude explícita o implícitamente a un competidor o a los bienes o servicios ofrecidos por este.
En la Directiva comunitaria se considera que este tipo de publicidad puede estimular la competencia entre los proveedores de bienes y servicios en beneficio del consumidor, siempre que la utilicen en las mismas condiciones de igualdad y que la comparación entre productos sea objetiva y verificable.

Entre los requisitos que ha de cumplir se incluyen, entre otros, que los bienes y servicios que se comparen habrán de tener la misma finalidad o satisfacer las mismas necesidades, y que la comparación se realizará de modo objetivo entre una o varias características esenciales y representativas de los bienes o servicios.