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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo hizo pública hoy una nota en la que destaca que «todos los conductores de vehículos están obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol», y que la negativa a pasar dicho test lleva acarreada una sanción administrativa, cuando no haya síntomas de embriaguez en el conductor, o bien una sanción penal por desobediencia, cuando se aprecien dichos síntomas.

El Supremo, en una nota cuyo objetivo es ofrecer «una mejor información» sobre la sentencia dictada sobre este asunto, dice también que conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas es delito, aunque el dato de que el conductor rebase la tasa máxima de alcohol en sangre no sea suficiente para acreditar ese tipo de conducción.

Si se da una tasa superior a la permitida en la prueba, la sanción será administrativa, en caso de no quedar demostrada la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas por otros elementos de prueba.