España tiene el mayor índice de donación de órganos del mundo.

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El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto que desarrollará la Ley de Trasplantes de órganos y regulará la extracción y trasplante de los mismos.

La norma regulará las condiciones y requisitos que ha de reunir el personal, servicios y centros sanitarios en orden a la realización de las actividades de extracción y trasplante de órganos, así como el procedimiento y comprobaciones para el diagnóstico de la muerte y las medidas informativas que deben desarrollarse como garantía de la libre y consciente decisión de los usuarios de estas técnicas y como fomento de la solidaridad humana.

La realidad actual determina la validez de órganos obtenidos por fallecimiento determinado por parada cardiaca siempre que se puedan aplicar procedimientos de preservación de órganos en la persona fallecida. Se trata, en consecuencia, de «un avance importante en el mundo del trasplante de órganos "que extiende esta opción terapéutica a un mayor número de pacientes" cuya reglamentación es necesario desarrollar».

Entre los aspectos más novedosos que aborda la normativa figuran los relacionados con la donación de personas vivas (siempre que su extracción sea compatible con la vida), los relativos a la coordinación territorial, los relacionados con los criterios de acreditación de centros para extracción y trasplante o con la donación en asistolía. Además, se incorporan los requisitos para la autorización de trasplantes pancreático e intestinal.

El real decreto, además de garantizar y reforzar los derechos de los pacientes en cuanto al consentimiento informado o al respeto y la protección a la confidencialidad del donante y el receptor, «incorpora a nuestro ordenamiento jurídico los últimos avances científico-técnicos».

Asimismo, a partir de ahora se prohibe realizar «cualquier publicidad sobre la necesidad o disponibilidad de un órgano o tejido humano ofreciendo algún tipo de gratificación o remuneración».