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EFE. Barcelona El sindicato CCOO ha salido hoy al paso de la sentencia del TSJC que avaló el despido de una trabajadora por consultar sitios de ocio en Internet durante su jornada laboral, al destacar que los trabajadores «tienen derecho a la intimidad de sus comunicaciones». Para el sindicato, esa intimidad, establecida en el artículo 18 de la Constitución, «es independiente de la propiedad de los medios con que se establecen las comunicaciones». Silvia R.A., una empleada de los laboratorios Dermofarm, fue despedida de su trabajo por consultar con frecuencia sitios de ocio de Internet en horario de trabajo y con el ordenador de la empresa, tal y como informó Efe. La Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CCOO ha emitido hoy un comunicado en el que muestra su preocupación por esa decisión, en la que «se contraponen» los derechos fundamentales de la persona, como el de la intimidad, al derecho de la propiedad de los medios. COOO ha planteado a diversas empresas la necesidad de establecer un código de conducta que ocupe el vacío legal que existe sobre la utilización de las nuevas tecnologías en los centros de trabajo.