03/08/01 0:00
EFE. Barcelona
El sindicato CCOO ha salido hoy al paso de la sentencia del TSJC
que avaló el despido de una trabajadora por consultar sitios de
ocio en Internet durante su jornada laboral, al destacar que los
trabajadores «tienen derecho a la intimidad de sus comunicaciones».
Para el sindicato, esa intimidad, establecida en el artículo 18 de
la Constitución, «es independiente de la propiedad de los medios
con que se establecen las comunicaciones». Silvia R.A., una
empleada de los laboratorios Dermofarm, fue despedida de su trabajo
por consultar con frecuencia sitios de ocio de Internet en horario
de trabajo y con el ordenador de la empresa, tal y como informó
Efe. La Federación de Servicios Financieros y Administrativos de
CCOO ha emitido hoy un comunicado en el que muestra su preocupación
por esa decisión, en la que «se contraponen» los derechos
fundamentales de la persona, como el de la intimidad, al derecho de
la propiedad de los medios. COOO ha planteado a diversas empresas
la necesidad de establecer un código de conducta que ocupe el vacío
legal que existe sobre la utilización de las nuevas tecnologías en
los centros de trabajo.
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