El Pleno del Parlamento Europeo propuso ayer que las compañías
aéreas paguen hasta 600 euros a cada pasajero por los perjuicios
causados por retrasos, a menos que puedan probar que dicho retraso
fue inevitable. Esta propuesta se incluye dentro de la modificación
del reglamento relativo a la responsabilidad de las compañías
aéreas, elaborado por la Comisión Europea, y que ayer fue aprobada
en la Cámara, en primera lectura.
El Parlamento apoya la postura del Ejecutivo comunitario
respecto a la necesidad de volver a examinar la legislación europea
sobre las responsabilidades de las compañías aéreas, a fin de
garantizar su adecuación al Convenio de Montreal de 1999, que, una
vez ratificado, reemplazará al Convenio de Varsovia. El actual
reglamento establece sólo la responsabilidad «ilimitada» de los
transportistas aéreos en caso de fallecimiento o daños al viajero.
Pero la nueva propuesta añade la responsabilidad respecto a la
pérdida, deterioro o destrucción de equipajes, y los perjuicios
ocasionados por los retrasos.
En concreto, el PE pide que todas las compañías aéreas
«establecidas en la UE» recompensen a los viajeros a los que se les
deniegue el vuelo con 200 euros si se trata de un recorrido de
menos de 1.000 kilómetros; con 400 euros hasta 3.500 kilómetros, y
con 600 euros para los vuelos de 3.500 kilómetros o más.
En caso de que el pasajero acepte viajar en otro vuelo con una
diferencia en la hora de llegada respecto a la programada que no
sea superior a dos horas para los vuelos de menos de 1.000
kilómetros, a tres horas para los de hasta 3.500, y a cuatro horas
para los superiores a esa cifra, la compañía podrá reducir a la
mitad la compensación económica. Se deberá ofrecer a los pasajeros
la posibilidad de efectuar gratuitamente una llamada telefónica o
enviar mensajes por télex, fax o correo electrónico al punto de
destino final del viaje.
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