Julia B.L. (centro), a la salida del juzgado el pasado día 5 de mayo.

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Un juzgado de Valencia ha denegado la petición de la mujer que pidió ser inseminada artificialmente de su esposo, en coma desde hace once años a causa de un accidente de tráfico, según una sentencia hecha pública ayer. La resolución explica que una decisión judicial no puede suplir la voluntad de un hombre en un acto «de carácter tan personal como es la decisión de tener un hijo», y que además genera para el incapacitado unas «cargas y responsabilidades de magnitud». Por otra parte, el fallo reconoce que la mujer, J.B.L., puede someterse a técnicas de reproducción asistida «sin necesitar para ello del consentimiento de su esposo».

Sin embargo, la sentencia afirma que «el estado de coma del marido cuadra perfectamente con la situación de separación de hecho», por lo que la necesidad de consentimiento marital «resulta eliminada» para casos como éste, en los que, al no haber convivencia conyugal, «no puede generarse duda alguna sobre la paternidad del esposo».

Según alegó su abogado, ésta no podría ser inseminada por otro hombre o tener un hijo biológico sin la autorización de su esposo, «ya que incurriría en una causa de divorcio».

El juez estima que puesto que el único interés de la mujer es «el poder ser madre a través de reproducción asistida», y que su esposo está en coma desde hace más de once años, «no existe obstáculo legal alguno para que ésta pueda lícitamente usar estas técnicas con semen procedente de un donante anónimo».

La sentencia alude a la Ley sobre Reproducción Asistida, la cual indica que «se impone la necesidad del consentimiento del esposo para la utilización de las técnicas por parte de la mujer casada, salvo que los cónyuges estuviesen separados por sentencia firme o de hecho o por mutuo acuerdo».