Qué no pueden hacer los menores de 16 años
- La edad mínima para votar en España sigue siendo los 18 años.
- Comprar alcohol o tabaco. La edad mínima en España para comprar bebidas alcohólicas de cualquier graduación o tabaco se establece con la mayoría de edad, o sea los 18 años.
- Comprar lotería y juegos de azar. La legislación española relativa a los juegos de azar es similar a la de otros productos como el alcohol o el tabaco, de modo que los menores de 18 años tienen prohibido el acceso todos ellos, también a los tradicionales sorteos de lotería de Navidad y El Niño.
Qué pueden hacer los menores de 16 años
- Trabajar. Aunque no pueden realizar trabajos nocturnos, horas extras ni ocupar determinados puestos por motivos de seguridad laboral sí pueden trabajar.
- Relaciones sexuales. Es así desde el 2015, cuando se modificó el Código Penal para elevar la edad del consentimiento sexual, que estaba en los 13 años. Los actos sexuales de un adulto con un menor de 16 años son un delito de abuso o de agresión sexual. Sin embargo, el Código Penal establece una excepción cuando el adulto sea una persona próxima al menor en cuanto a edad y madurez.
- Casarse. La edad mínima para casarse en España es 18 años. Ahora bien, en la misma reforma se estableció en 16 años la edad mínima para casarse, siempre que se solicite la emancipación. Si los jóvenes contrayentes demuestran que están emancipados, el juez otorga a los menores el beneficio de la mayoría de edad y estos pueden contraer matrimonio.
- Consentimiento médico. Los jóvenes tienen derecho a ser informados y a decidir por sí solos si aceptan cualquier procedimiento médico. La Ley de Autonomía del Paciente establece que toda persona mayor de 16 años tiene derecho a ser informada. Esta información debe ser comprensible y adecuada a las necesidades de cada paciente. Los menores también se consideran autónomos para decidir a partir de los 16 años. Es lo que se denomina la mayoría de edad sanitaria.
- Tener armas. Con 16 años se puede obtener una autorización de uso de armas, siempre que se limite a la caza o a actividades deportivas. El menor siempre tendrá que estar acompañado de un adulto con licencia de armas, que no tiene por qué ser su padre o su madre.
- Conducir. No pueden conducir un coche, pero sí un ciclomotor de hasta 125 cc.
- Hacer testamento. La edad mínima para testar son los 14 años, excepto en el caso de los testamentos ológrafos, los redactados a mano por el propio testador, que no se aceptan hasta los 18 años.
- Responsabilidad penal. Los menores entre los 14 y los 18 años tienen responsabilidad penal, pero la ley limita los años que pueden pasar en la cárcel. La mayor pena de cárcel para un menor entre los 14 y los 16 años es de cinco años de internamiento en régimen cerrado y tres de libertad vigilada. Entre los de entre 16 y 18 años, la sanción máxima es de ocho años de internamiento en régimen cerrado y de tres en libertad vigiada, con la excepción de los delitos de terrorismo, en donde la sanción puede superar estos límites.
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