El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que no devolvió un
coche que había alquilado por un día y fue localizado un mes
después por la policía en el garaje de su domicilio. El Supremo
anula la condena que impuso la Audiencia Granada al acusado, de
seis meses de prisión, por un delito de apropiación indebida y el
pago de una indemnización de 148.016 pesetas.
Para el Supremo, el acusado no cometió este delito «porque
después de alquilar el automóvil nunca abandonó su domicilio, que
era conocido por la agencia, y siempre se movió en el ámbito
natural de su existencia cotidiana, sin dificultar la localización
de la cosa arrendada que guardaba en el garaje de su propiedad
anejo a su domicilio».
Según la sentencia, el 11 de agosto de 1997 J.M.R.B. alquiló en
una agencia de Granada un turismo que debía devolver al día
siguiente, pero se quedó con dicho vehículo hasta que el 12 de
septiembre de 1997 fue recuperado por agentes de la policía en el
garaje de su domicilio. El Alto Tribunal acepta el argumento del
recurso del acusado, de que en su caso, hubiera cometido «un mero
incumplimiento de la obligación de devolución, no pudiendo
considerarse que la prolongación del uso del vehículo sea
suficiente para deducir el propósito de incorporación al patrimonio
del recurrente».
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