El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Palma ha confirmado la
sanción de 165 mil pesetas impuesta por la Delegación del Gobierno
a un hombre que declaró a la Guardia Civil, al llegar al aeropuerto
de Menorca, que tenía 23.4 gramos de marihuana que destinaba para
el consumo propio con una finalidad terapéutica.
El hombre alegó que consumía esta sustancia desde hacia 20 años
para paliar los dolores de un cáncer que sufría y que se acogió a
la proposición de ley aprobada por el Parlamento de Cataluña el
pasado mes de febrero sobre actuaciones de medidas frente a las
diferentes administraciones, para autorizar el uso terapéutico del
cannabis. Por su parte, el abogado del Estado defendió que la
sanción se impuso por tenencia ilícita de estupefacientes, drogas
tóxicas y sustancia psicotrópicas, y a pesar de que no estaba
destinada al tráfico, la marihuana no tenía un uso terapéutico, ya
que no se vendió en una farmacia ni la administró el Servicio de
Control de Drogas.
La juez María Àngeles Berrocal señala que los estupefacientes
son sustancias prohibidas y sólo si se acredita su uso terapéutico
exime su ilegalidad. En este caso, según la juez, no se ha
demostrado esta finalidad, ya que pese a que el hombre sancionado
sufre un cáncer, tras un tratamiento de quimioterapia se recupera.
Pese a que el hombre sancionado también sufre otra enfermedad,
según la sentencia, tampoco se ha acreditado que el uso de la
marihuana tenga un uso terapéutico para paliar sus efectos.
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