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El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Palma ha confirmado la sanción de 165 mil pesetas impuesta por la Delegación del Gobierno a un hombre que declaró a la Guardia Civil, al llegar al aeropuerto de Menorca, que tenía 23.4 gramos de marihuana que destinaba para el consumo propio con una finalidad terapéutica.

El hombre alegó que consumía esta sustancia desde hacia 20 años para paliar los dolores de un cáncer que sufría y que se acogió a la proposición de ley aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado mes de febrero sobre actuaciones de medidas frente a las diferentes administraciones, para autorizar el uso terapéutico del cannabis. Por su parte, el abogado del Estado defendió que la sanción se impuso por tenencia ilícita de estupefacientes, drogas tóxicas y sustancia psicotrópicas, y a pesar de que no estaba destinada al tráfico, la marihuana no tenía un uso terapéutico, ya que no se vendió en una farmacia ni la administró el Servicio de Control de Drogas.

La juez María Àngeles Berrocal señala que los estupefacientes son sustancias prohibidas y sólo si se acredita su uso terapéutico exime su ilegalidad. En este caso, según la juez, no se ha demostrado esta finalidad, ya que pese a que el hombre sancionado sufre un cáncer, tras un tratamiento de quimioterapia se recupera. Pese a que el hombre sancionado también sufre otra enfermedad, según la sentencia, tampoco se ha acreditado que el uso de la marihuana tenga un uso terapéutico para paliar sus efectos.